El Gobierno nacional mediante un decreto lanzó este martes un bono con un monto complementario para los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) de la ANSES. La sumas se otorgarán en octubre y noviembre.

Según informó el Gobierno los beneficiarios serán:

Los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada o pública nacional, siempre que el ingreso del grupo familiar establecido por el Decreto Nº 1667/12 se encuentre dentro del primer o del segundo rango de ingresos fijado en la Resolución ANSES Nº 174/21 o las que en el futuro la reemplacen.
Los beneficiarios y las beneficiarias de la Prestación por Desempleo de las Leyes Nros. 24.013 y 25.371, siempre que el ingreso del grupo familiar establecido por el Decreto Nº 1667/12 se encuentre dentro del primer o del segundo rango de ingresos fijado en la Resolución ANSES Nº 174/21 o las que en el futuro la reemplacen.
Los y las contribuyentes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que tributen en las categorías A, B, C o D.
Las personas titulares de la Asignación por Hijo que perciban las asignaciones familiares del primer o del segundo rango fijado en la Resolución ANSES Nº 174/21 o las que en el futuro la reemplacen.
El monto del complemento mensual que se abonará en el mes de octubre de 2021 consistirá en una suma no remunerativa de $5063 para las personas cuyo ingreso del grupo familiar se encuentre dentro del primer rango de ingresos o que tributen en las categorías A, B o C del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).

En tanto, se otorgará una suma no remunerativa equivalente a $3415, para las personas cuyo ingreso del grupo familiar se encuentre dentro del segundo rango de ingresos o que tributen en la categoría D del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).

El monto de las sumas no remunerativas volverá a adecuarse a partir de noviembre y alcanzará la suma de $10.126 para el primer grupo y de $6830, para el segundo, -incluido en ambos el valor general de la Asignación por Hijo correspondiente al primer rango de ingresos fijado en la Resolución ANSES Nº 174/21 o las que en el futuro la reemplacen.

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