Las nuevas restricciones que fueron publicadas en las últimas horas del jueves en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que dispuso el presidente Alberto Fernández, comenzaron a regir desde el primer minuto del viernes y se extenderán hasta el 30 de abril.

Uno de los sectores más perjudicados por la decisión de Alberto Fernández es el gastronómico, que este viernes tomó con sorpresa la aparición de un detalle en el decreto. Los comercios de la Capital Federal y el Gran Buenos Aires solo podrán atender a sus clientes en las mesas habilitadas al aire libre.

En el DNU 235 de la semana pasada, permitía que trabajen con un máximo del 30% de la capacidad prevista para cada espacio cerrado.

La norma también establece que los «locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.)», no podrán atender a sus clientes entre las 19 horas y las 6 del día siguiente «salvo en las modalidades de reparto a domicilio y para retirar en el establecimiento en locales de cercanía». Esa prohibición horaria afecta a todos los locales, y no discrimina entre los que tengan mesas al aire libre y los que no las tengan.

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