Este miércoles, el presidente Alberto Fernández firmó el Decreto 375/2021 que se publicó hoy en el Boletín Oficial aprobando así la reglamentación de la Ley 27.521 de “Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria (SUNITI)”. Una medida que rige para los comercializadores de indumentaria nacional o importada, de manera presencial, a distancia o por medios electrónicos.

A más de un año y medio de su sanción en la Cámara de Diputados, dentro del SUNITI se encontrarán incluidos además el calzado y los uniformes de trabajo. La normativa aclara que dicho sistema deberá ser implementado para la totalidad de la indumentaria, “salvo aquellas prendas expresamente excluidas”.

En efecto, se excluyó: la indumentaria denominada de alta costura o de diseño de autor; las prendas confeccionadas a medida y, en general, aquellas que han sido realizadas de manera personalizada a pedido de las consumidoras y los consumidores; los accesorios de vestir (tales como: corbatas, bufandas, pañuelos, medias, guantes, sombreros, entre otros) y los implementos destinados a la protección personal en tareas laborales.

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