La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) tomó una drástica medida tras una minuciosa investigación tras la denuncia de un consumidor: la prohibición de la comercialización de un tipo de aceite de oliva por considerarlo perjudicial para la salud.
A través de la Disposición 7834/2023, emitida y publicada en el Boletín Oficial de la Nación el pasado lunes, la ANMAT anunció la prohibición de una marca específica de aceite de oliva. Esta decisión se basó en una investigación que se inició en respuesta a una denuncia sobre la marca en cuestión y, tras un riguroso análisis, se concluyó que su comercialización era ilegal.
Según el Boletín Oficial, las investigaciones se originaron a partir de una consulta realizada por un particular al Instituto Nacional de Alimentos (INAL) en relación con la venta de un producto identificado como «Aceite de oliva extra virgen, Sabor Intenso, marca Colina del Rey, Cont. Neto 2 L, Consumir preferentemente antes de marzo 2025, Lote N°: 0002, RNE: 02-270637, RNPA: Expte: N° 02.645950, Origen Mendoza, Envasado por Casanova S.A.», el cual se considera que no cumple con la normativa alimentaria vigente.
Tras el proceso de investigación, la ANMAT dictaminó lo siguiente: «Se prohíbe la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, así como en las plataformas de venta en línea, del producto denominado ‘Aceite de oliva extra virgen, Sabor Intenso, marca Colina del Rey, RNE: 02-270637, RNPA: Expte: N° 02.645950, Origen Mendoza, Envasado por Casanova S.A.'».