La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió una miel y un aceite de oliva, según se publicó este lunes en el Boletín Oficial.

A través de la disposición 8027/2020 la administración prohibió la comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta electrónica del producto: «‘Miel de Abejas’ marca La Colmena, RNE N° 13003564, RNPA N° 025113023645, Ballesteros Córdoba», por consignar «registros inexistentes».

«Que por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284», se detalló en el Boletín Oficial.

Por eso, “a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trata de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomendó prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento en cualquier presentación y fecha de vencimiento”.

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