El Tribunal Electoral de la Provincia resolvió declarar la plena aplicación a los comicios municipales, a celebrarse en las ciudades de Clodomira y Villa Atamisqui, de la resolución dictada por dicho cuerpo el 14 de septiembre pasado, que establece el cronograma establecido para los comicios convocados por el Poder Ejecutivo Provincial, los que se celebrarán en forma simultánea.

A su vez, se considera que las convocatorias indicadas en el Visto del presente documento se dictaron conforme a lo dispuesto por el Código Electoral Provincial, el que expresamente establece en su Título VII, Capítulo IV de la Elección de los Intendentes y Concejales Municipales de los Municipios de 2º y 3º Categoría y Comisionados Municipales.

Asimismo, conforme a la norma citada y al principio de simultaneidad receptado por el Art. N° 78 inc. d) y a lo establecido por el Art. 34º (ambos del Código Electoral Provincial), faculta al Tribunal Electoral de la Provincia a disponer lo necesario para la organización y funcionamiento de todos los comicios provinciales y municipales, y habiéndose dictado oportunamente resolución de cronograma electoral para los comicios convocados por el Poder Ejecutivo Provincial, corresponde hacer extensiva la misma a las elecciones de autoridades del Ejecutivo y Legislativo de las localidades mencionadas.

Cada una de ellas, a través de decretos rubricados por los intendentes de Clodomira y Villa Atamisqui, se convocó para la elección del jefe comunal y de nueve concejales titulares e igual número de suplentes, en el caso de la primera población y de doce en la segunda, de los cuales la mitad son titulares y el resto, suplentes.

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