Las decisiones del presidente Javier Milei, como el nombramiento por decreto de los jueces de la Corte Suprema de Justicia, son contrarios a los valores republicanos. La falta de respeto por la división de poderes, la pluralidad de opiniones y la libertad de prensa tienden a debilitar las bases democráticas del país. Sus disposiciones, cada vez más autoritarias, se alejan del sistema republicano de gobierno.
Ante el imbatible George Bush, el estratega político de Bill Clinton, James Carville planteó tres ideas fuertes que hoy bien podrían ser analizadas desde la política argentina: “Cambio vs. más de lo mismo; La economía, estúpido y No olvidar el sistema de salud”.
Javier Milei supo auscultar, en parte, esa forma de encarar la campaña y el cambio contra lo que él llama “la casta” lo hizo su caballito de batalla. Ciertamente, la economía fue su fuerte y, por ello, habló de dolarización, de acabar con la inflación, de dinamitar el Banco Central, entre otros puntos.
Con el tiempo, nos fuimos topando con un presidente tan disruptivo como poco republicano y demócrata, en sus formas y en sus dichos; entonces, ahora podemos gritar sin temor a equivocarnos que “es la República, chango”.
En la Constitución Nacional Argentina, adoptada en 1853, se establece un sistema de gobierno republicano, democrático y representativo.
El concepto de “república” es clave para entender la estructura política y jurídica de la Nación. Un sistema republicano implica una organización del poder, que está dividida y distribuida de manera que garantice el equilibrio y la independencia de los distintos órganos del gobierno: el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial.
División de poderes
La característica más relevante de un sistema republicano es la clara división y separación de poderes. Según la Constitución Nacional, el poder se distribuye entre tres ramas fundamentales, el Poder Ejecutivo, encabezado por el presidente, responsable de la administración del país; el Poder legislativo, conformado por diputados y senadores, cuya función es legislar y controlar al Ejecutivo; y el Poder judicial, encargado de interpretar y aplicar la ley, con los jueces como principales actores.
Entre estos tres poderes debe existir una actuación autónoma, pero con un sistema de controles y contrapesos que evite la concentración del poder en manos de una sola rama del gobierno.
De lo que hablamos es que las decisiones tomadas por uno de los poderes pueden ser revisadas o desafiadas por los otros.
Garantías constitucionales
Pero, a su vez, el republicanismo tiene dos parámetros más, el respeto irrestricto a los derechos humanos, fundamentalmente la mirada en el artículo 18 de la Constitución Nacional, donde resurgen como una llama vívida las garantías constitucionales de los derechos fundamentales de todos los habitantes del país, lo cual incluye la libertad, la igualdad ante la ley, la participación política, entre otros.
Sí, la libertad, la misma que pregona el presidente, pero desde la matriz constitucional con una mirada muchísimo más amplia y, por supuesto, más tolerante. Aquella que no logramos ver en la acción diaria del presidente, que se molesta cuando no aceptan sus posiciones, que maltrata e insulta a quienes piensan diferente, que toma decisiones que se contraponen con las ideas de la verdadera libertad, con la igualdad, con el respeto a la dignidad humana.
Verdadera República
Por último, tenemos a la representación popular. El principio republicano también se basa en lo que decide el pueblo, todos los gobernantes son elegidos mediante elecciones libres y transparentes, y deben rendir cuentas de su gestión, pero ninguno se constituye en autócrata o déspota, deben reconocerse las minorías, deben escucharse todas las opiniones y deben respetarse los derechos de todos, esto es ser republicano.
Entonces con la estabilidad política que nace de la división de poderes y el control mutuo entre todos, donde la justicia sea imparcial, interprete y aplique con justa razón la ley, cuando las libertades y los derechos fundamentales de todas las personas son respetados y protegidos, donde se promueve el desarrollo social, económico y cultural con la participación activa de todos los ciudadanos y buscando la convivencia armónica de sus ciudadanos, basándose en el respeto a la ley y la resolución pacífica de los conflictos, estaremos, sin lugar a dudas, posicionados en una verdadera República.
Es aquí que nos deberíamos interrogar, si estamos frente a este estado de situación como para afirmar que transitamos el camino del republicanismo. Nuestra primera mirada nos indica que no.
Podríamos echar mano a varios ejemplos de la cotidianeidad gubernativa, pero el más reciente e icónico es el nombramiento en comisión de dos jueces de la Corte Suprema de la Nación.
Nombramiento de jueces de la Corte Suprema
Dentro del marco republicano, el proceso de nombramiento de jueces de la Corte Suprema de Justicia es una de las atribuciones más importantes que ostenta el presidente. De acuerdo con el artículo 99 de la Constitución Nacional, éste tiene la facultad de nombrar a los jueces de la Corte Suprema con el acuerdo del Senado.
El Senado, por su parte, tiene la potestad de aprobar o rechazar estas nominaciones, y para aprobar se requiere una mayoría especial: las dos terceras partes de los miembros presentes.
Sin embargo, en situaciones excepcionales, el presidente tiene la facultad de realizar nombramientos "en comisión", si el Senado no está en funciones.
Esta excepción está prevista para casos en los que el Congreso se encuentra en receso, lo que ocurre con frecuencia entre sesiones ordinarias y extraordinarias y se necesita cubrir de manera urgente un cargo, como un embajador o un juez.
El nombramiento de jueces "en comisión" durante el receso del Congreso, como ocurrió en este caso, es una medida prevista constitucionalmente, pero que debe ser usada con extrema cautela y prudencia.
Carácter provisional
Si bien el presidente cumple hoy formalmente con la manda constitucional de nombrar a los jueces, lo hace en un contexto que podría generar controversias, y así sucede, sobre su legitimidad política y ética.
En primer lugar, es importante entender que el nombramiento en comisión tiene carácter provisional: los jueces nombrados de esta manera deben ser ratificados por el Senado en la primera sesión que se celebre después de su nombramiento.
En este sentido, el presidente no está eludiendo completamente el control legislativo, pero sí lo está retrasando.
Ahora bien, la cuestión ética radica en el uso de este mecanismo excepcional en un contexto político específico. Nombrar a jueces en comisión mientras el Congreso está en receso puede ser percibido como un intento de evitar el debate legislativo y la supervisión política que debería acompañar el nombramiento de figuras clave para la justicia.
Decisión estratégica
Es cierto que el Senado hace tiempo que tiene ambas propuestas, tanto de Manuel García Mansilla como de Ariel Lijo.
Es cierto que el presidente se mantuvo incólume en su decisión de querer nombrar a esos juristas y no aportó otros postulantes.
Es cierto que hubo largas conversaciones y negociaciones y todas naufragaban, de la misma forma que estaban vacantes dos lugares en la Corte, lo está el Defensor del Pueblo hace varios años como el cargo de Procurador General de la Nación. Los caprichos y contubernios de la política hacen que esos lugares, que son esenciales para garantizar un Estado de Derecho pleno, sean la piedra angular para una pelea de barrio.
Ahora bien, adoptada la decisión del presidente de nombrar en comisión, nos surge la duda si esa decisión no resulta algo antojadiza y maquiavélica.
La práctica de hacerlo en un receso de tan solo una semana podría interpretarse como una decisión estratégica para evitar el proceso normal de deliberación y acuerdo con los senadores, lo que distorsionaría la transparencia y la equidad del proceso.
Concentración de poder
Nombrar jueces en comisión, aunque constitucionalmente permitido, puede generar la impresión de que el presidente está buscando un "atajo" para eludir la deliberación del Senado. Este tipo de acciones podría ser interpretado como una concentración excesiva de poder en el Ejecutivo, lo que podría hacerle perder a la ciudadanía y a los actores políticos la confianza en el sistema republicano.
Y acá es necesario recordar el porqué de la existencia de este mecanismo constitucional que implica una posibilidad presidencial de disponer un provisorio nombramiento. La designación en comisión de aquellos cargos que requieren el acuerdo del Senado estaba dada por el contexto al momento de dictar la Constitución, pleno siglo XIX, donde la mayoría de los representantes vivían a cientos de kilómetros del Congreso y debían trasladarse en condiciones bastante precarias en carretas y por largas y cansadoras jornadas.
El receso era realmente tal, un largo período de tiempo mientras diputados y senadores iban y venían de sus provincias hacia Buenos Aires, eran otras épocas, eran otras situaciones de movilidad, era sencillamente algo lógico y razonable.
Ahora, esa situación es completamente diferente, se puede ir y volver en el mismo día desde los más recónditos lugares del país, el receso que antaño era de meses ahora no lo es. El presidente puede llamar a sesiones extraordinarias, como sí lo hizo en enero, donde no puso en tratamiento la designación de estos jueces, entonces volvemos a preguntarnos, si bien es constitucional la designación, ¿resulta ser ética?
Clima de desconfianza
Si bien el presidente no está violando la Constitución, se estaría saltando un paso crucial en la práctica republicana: el control y la participación del Legislativo en la designación de funcionarios clave, como los jueces.
El hecho de actuar de esta manera, en lugar de esperar la próxima sesión del Congreso para un proceso más transparente, puede generar un clima de desconfianza y percepción de abuso de poder. Y acá es menester reconocer que un gobierno republicano debe garantizar un equilibrio entre los poderes y respetar las normas de deliberación y consenso, ya que esto forma parte de los principios éticos que sustentan el sistema republicano.
El comportamiento de tomar decisiones unilaterales o apresuradas sin un debate amplio puede, en efecto, ser percibido como una actitud autoritaria o tiránica, dado que el presidente estaría concentrando demasiado poder en su figura sin permitir un control adecuado por parte del Senado.
Pero no queda solo en esta anécdota, sino también en otros claros ejemplos de poco republicanismo por parte del presidente.
Relación con la prensa
La república implica un gobierno de equilibrio, respeto y deliberación. La división de poderes, la tolerancia política, la rendición de cuentas y la libertad de expresión son sus pilares fundamentales. Si el presidente actúa de manera autoritaria, intenta controlar a la prensa y ataca a la oposición sin considerar el respeto que deben merecer las instituciones y las personas en una democracia, se aleja de los principios republicanos.
Si la Constitución asegura la libertad de prensa y la libertad de expresión como derechos fundamentales y la prensa tiene un rol esencial en una democracia, pues es responsable de mantener informada a la ciudadanía y de actuar como un control social sobre los poderes del Estado, ¿por qué Milei no hace conferencias de prensa y solo da entrevistas a los mismos periodistas de siempre, que lo adulan y ensalzan día a día?
¿Por qué impidió el acceso de la prensa a la apertura de las sesiones del Congreso?
¿Por qué insulta y agrede a los periodistas que disienten con su mirada, casualmente personas que resultan ser prudentes y de reconocido perfil profesional como Jorge Fontevechia o Marcelo Longobardi?
Por otro lado, recordemos que, en una democracia republicana, el debate político debe basarse en el respeto a la pluralidad de opiniones. La crítica y el disenso son elementos fundamentales de cualquier sistema democrático.
Los líderes políticos, incluido el presidente, tienen la responsabilidad de escuchar y respetar a quienes no comparten su visión.
Manipulación informativa
No debemos olvidar que los funcionarios públicos, especialmente los del Poder Ejecutivo, deben rendir cuentas ante el pueblo y actuar con transparencia. Esto implica la obligación de interactuar con los medios de comunicación y de aceptar la crítica constructiva como parte de un proceso democrático.
Por tanto, no resulta republicano hablar solo con periodistas afines; si un presidente elige mantener conversaciones únicamente con periodistas que comparten su visión política y le son afines, está limitando el derecho de los ciudadanos a recibir información plural.
La democracia necesita de una prensa libre y diversa para funcionar correctamente. Los medios deben ser actores independientes, no simplemente apéndices de un gobierno. De lo contrario, se estaría limitando la libertad de expresión y puede generar una imagen de censura o de manipulación informativa, lo que es claramente contrario a los valores republicanos.
Por lo demás, esa misma prensa libre, tiene el derecho constitucional de cubrir las actividades del Congreso. Si se impide su acceso, como ocurrió durante la inauguración de las sesiones ordinarias, se está atentando contra la transparencia y la rendición de cuentas. Esto es un indicio de falta de apertura y responsabilidad pública, principios esenciales de una república democrática.
Y si a ello le sumamos el constante destrato a periodistas críticos, aun con la pretensa idea de defender la gestión como lo hace el presidente, eso resulta ser incompatible con el respeto a la libertad de expresión.
En una democracia republicana, el líder debe tolerar las críticas y mantener un tono de respeto hacia quienes cuestionan su gobierno. El ataque soez y burlón a quienes no comparten su opinión puede ser visto como un intento de intimidar y silenciar la disidencia, lo cual es antirrepublicano.
Manipular el discurso
Y si todo esto, ya de por sí, resulta antirrepublicano, mucho más el hecho de que un asesor, quien no fue elegido por la gente, sea el encargado de definir qué se puede decir y qué no, inhibiendo la libertad de los periodistas y la transparencia de la información, refleja una actitud autoritaria.
Resulta vergonzoso que Santiago Caputo interrumpiera al presidente en su exposición ante Johny Viale y que dispusiera que lo que decía el primer mandatario no era adecuado, reviendo nuevamente la entrevista, de suyo una falta de tacto, una grosería y una demostración, en cierta manera, de que el propio Milei no tiene poder absoluto, sino que lo comparte con un asesor y con su hermana.
La República exige de sus funcionarios públicos el deber de interactuar libremente con los medios, sin intentar controlar ni manipular el discurso, pero también sin que nadie les diga e imponga qué decir y cómo.
Intolerancia democrática
Y si el ataque a la prensa desluce la República, el ataque sistemático a diputados y senadores demuestra intolerancia democrática.
Tratar a los legisladores como "lacras" o "vagos" no solo es un ataque personal, sino que debilita la confianza en las instituciones democráticas. Un presidente que ataca de manera despectiva al Congreso está atacando la esencia misma de la democracia republicana, en la que el Legislativo tiene un rol fundamental como contrapeso al Ejecutivo.
Todos los comportamientos descritos son contrarios a los valores republicanos. En lugar de promover el diálogo y la pluralidad, el presidente está adoptando una postura que podría interpretarse como un intento de concentrar poder y reducir el espacio para la disidencia.
Todo tiene un límite
En resumidas cuentas, un gobierno republicano debe ser abierto al debate, respetuoso con la prensa libre y dispuesta a rendir cuentas ante las instituciones y la ciudadanía.
Si el presidente Milei continúa en esta línea, es posible que su gobierno se aleje de los ideales republicanos y comience a tomar características más autoritarias, lo que debilitaría las bases democráticas del país.
"Es la república, Chango", Milei debería respetar la división de poderes, la pluralidad de opiniones, la libertad de prensa y el respeto por las instituciones y no querer detonar a la República.
Es seguro que la amplia mayoría de la población optó por quien les prometió terminar con la casta, pero todo tiene un límite, en última instancia, el pueblo -a través de la Constitución como recordatorio- nos señala que el sistema republicano implica que la soberanía reside en el pueblo y que las instituciones y valores que sustentan el orden republicano deben ser defendidos por todos, incluidos los líderes políticos como el Presidente, solo hay que escuchar al pueblo “chango”.