El gobierno de Javier Milei prepara un fuerte paquete de medidas para cambiar la legislación laboral en la Argentina. De acuerdo a lo que pudo confirmar A24.com, se trata de distintas medidas que se tomarían a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia que contempla cambios en la forma de calcular las indemnizaciones y una limitación del derecho a huelga por parte de los trabajadores.

El tema fue discutido también en la reunión con los gobernadores en Casa Rosada. El articulado se encuentra (hasta este momento) en el capítulo 3 del megadecreto que prepara Milei, que también contendrá reformas en otras áreas. Entre las medidas salientes del ámbito laboral se encuentra:

Cambios en las indemnizaciones

– No se podrá computar a favor del trabajador las multas por empleos mal registrados.

– Se establece claramente qué ítems pueden ingresar a las indemnizaciones y cuáles no. Hoy depende de la Justicia laboral determinar esa cuestión. Según la lógica del Gobierno, eso favorece a la industria del juicio.

– Se quita del cómputo de ganancias todo ingreso que no sea parte del sueldo: vouchers por comida, regalos, bonificaciones varias, celular, viáticos.

Reforma laboral: Javier Milei prepara un fuerte paquete de medidas para cambiar la legislación (Foto: archivo).
Reforma laboral: Javier Milei prepara un fuerte paquete de medidas para cambiar la legislación (Foto: archivo).

Derecho a huelga
Según explican fuentes oficiales, ese derecho no se verá afectado.

Sin embargo, el decreto establece que serán causal de despido los bloqueos u «obstaculizar a los que quieren trabajar».

Cambios en el período de prueba
Se ampliará el tiempo en que los empleadores podrán no renovar el contrato a nuevos trabajadores.

Actualmente, la ley prevé un máximo de 3 meses para este período.

El decreto lleva a 8 meses ese tiempo de prueba, pasado el cual los empleadores podrán optar entre incorporarlos a planta o dejarlos cesantes.

¿Cómo funciona el mecanismo de decretos de necesidad y urgencia?
Una vez dictado el decreto, el Gobierno debe mandarlo al Parlamento para que sea analizado por la comisión bicameral de Trámite Legislativo. Esta tiene 10 días para expedirse sobre la pertinencia o no de ese decreto. Lo que la comisión debe estudiar es si realmente es «necesario» y «urgente» en los términos del artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional faculta al Ejecutivo a usar ese instrumento.

Una vez superado ese trámite, el decreto debe ser aprobado por cada una de las cámaras del Congreso. El DNU solamente pierde vigencia en caso de ser rechazado tanto por el Senado como por Diputados. Mientras el DNU no tenga tratamiento, sigue vigente.

Este mecanismo fue votado en el Congreso en 2006, a propuesta de la entonces senadora Cristina Fernández de Kirchner./A24

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