El juez federal Sebastián Casanello archivó una denuncia del Grupo Macri por una supuesta connivencia entre miembros de la justicia, organismos del Estado y el poder político, entre ellos la fiscal del caso Correo Graciela Boquín, el Procurador del Tesoro de la Nación, Carlos Zannini, y la I.G.J, presidida por Ricardo Nissen para requerir la quiebra judicial de la empresa y la extensión a sus accionistas, llevando –para el grupo- al desapoderamiento ilegítimo de sus bienes

El caso llegó al juez tras la presentación del día 28 de mayo del año 2020 de los abogados de la empresa SOCMA AMERICANA S.A., accionista principal de la firma Correo Argentino S.A.

En esa oportunidad denunciaron la presunta comisión de una serie de irregularidades en el marco del proceso concursal iniciado respecto de la firma Correo Argentino S.A., en trámite ante la jueza comercial Marta Cirulli.

Para el grupo Socma, se trataba de los delitos de abuso de autoridad, falsedad ideológica de documento público y alteración de un sistema informático.

Entre los actos ilícitos que se habrían cometido en ese tenor, se señaló en primer lugar el pedido de desplazamiento del órgano de administración de la concursada por parte de Boquín y Zannini, y la designación de un interventor.

Denunciaron manipulación, supuestas irregularidades en la designación, que fuera realizada mediante un sorteo a través del Sistema Lex 100, y que la notificación de la fecha y hora de la audiencia del sorteo se realizara por medio de la cartelera del Juzgado.

La fiscalía se pronunció por desestimar la denuncia. Descartó las supuestas irregularidades denunciadas respecto del sorteo “considerando que no existían elementos para siquiera sospechar que el sistema hubiera sido manipulado para que resulte sorteada como nueva interventora Flor Inés Farber”.

Por ende, el fiscal solicitó el archivo de las actuaciones, lo cual se dispuso el 28 de agosto de 2020. La resolución en cuestión fue apelada por la querella. La Sala II de la Cámara revocó el archivo.

Entonces el juez retomó la instrucción de la causa y se ordenaron nuevas medidas probatorias en base a las solicitadas por la acusadora privada.

Los representantes de SOCMA reiteraron la existencia de irregularidades en proceso concursal y de las que a su juicio se cometieron desde el año 2001. Cuestionaron los incumplimientos del Estado Nacional en el contrato de concesión celebrado con la empresa en el año 1997, lo cual la habría llevado al concurso, y adujeron la ilegitimidad de la rescisión del contrato de locación en el año 2003.

Sobre la fiscal Boquín, los querellantes dijeron: “abusó de su cargo e incumplió su función por cuanto insertó información falsa en sus dictámenes (inventó, mintió, alteró el derecho y su función) con el propósito de dañar, convertir el tema Correo en un escándalo y llevar a la empresa a la quiebra”.

Señalaron como irregular su dictamen del día 30 de diciembre de 2016, en el cual la Fiscal consideró abusiva la propuesta de acuerdo efectuada por Correo Argentino S.A.

Los querellantes señalaron también entre las irregularidades producidas en el marco del concurso, el dictamen de la Fiscal del 7 de febrero de 2020, en el cual presentó un requerimiento complementario urgiendo el proceso de “cramdown” y salvataje, y denunció el vaciamiento de Correo Argentino S.A.

Precisaron que en dicho dictamen se habían inventado “deudas fiscales que no existen y el aumento del pasivo post concursal, desconociendo entre otras cosas el resultado del peritaje elaborado por la CSJN que dejó en claro que no había existido ningún tipo de vaciamiento”.

Nuevamente la fiscalía sostuvo que no corresponde al fuero federal penal inmiscuirse ni emitir opinión sobre las decisiones tomadas por magistrados de otro fuero en el ejercicio de su competencia. Y que existen otros remedios dentro del fuero comercial donde tramita la quiebra.

La fiscalía fue clara en cuanto a que los hechos denunciados no constituyen delito. El juez Casanello coincidió con los fundamentos y decidió nuevamente el archivo del caso.

“El desempeño de los actores involucrados en las cuestiones suscitadas, se dio en el ámbito del ejercicio de sus respectivos roles en el proceso concursal -como ser las peticiones de la Fiscal General y el Procurador del Tesoro de la Nación-, del mismo modo que la denunciante se agravia de las decisiones jurisdiccionales que se tomaron como resultado de ello y que presuntamente perjudicaron sus intereses en juego en dicha causa”, dice el fallo del juez Casanello.

Comparte esta noticia