21 de noviembre, 2024
Actualidad

En Tucumán, una mujer presentó una denuncia que abre paso a una novedosa investigación: el impacto de las antenas de telecomunicación en la salud humana. A quiénes acusa y cuál es el rol de la ENACOM

La investigación está en manos de la Justicia Federal. Arrancó en noviembre de 2022 con la denuncia de una mujer oriunda de Tucumán, quien aduce que la instalación de una antena de telefonía celular causó daños en su salud y la de los lugareños.

Luego de que la causa fuera desestimada en febrero de este año, tras una presentación del fiscal general, Antonio Gustavo Gómez, la Cámara Federal de Tucumán revocó el anterior fallo y ordenó seguir adelante con la investigación solicitada por la afectada, la abogada querellante Dra. Natalia Saracho.

En consecuencia entendemos que se debe continuar la investigación a fin de determinar el posible daño ambiental, como así también la responsabilidad del organismo encargado de control (ENACOM), como así también de la empresa prestadora del servicio telefónico. Por lo expuesto, corresponde hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la querellante en autos y revocar la resolución apelada, debiendo continuar la investigación…”, plantea la Cámara Federal.

En junio de este año, la letrada fue muy clara respecto al tema, en diálogo con “FM Ártika”: “Vivo a 80 metros de una antena de telefonía. Vivía con ventanas y puertas abiertas, casi como ignorante a este tipo de radiaciones. Vengo con todo tipo de enfermedades desde 2016, con problemas abdominales, problemas para tragar, úlceras en las piernas, con insomnio, y una que continúa hasta hoy con mis defensas siempre bajas. Investigué a 54 personas que viven cerca de la antena, 500 metros alrededor de ellas, y el cuadro fue tremendo. Hay muchas personas enfermas de cáncer. Hay una cuadra entera donde todos tienen diabetes. Esta antena está hace 20 años en forma clandestina. Este tipo de radiaciones produce abortos instantáneos, una mujer perdió 8 embarazados, y quien repara estas vidas?”.

A su vez, respecto a la instalación de los sistemas de telecomunicación, Saracho explicaba que “en Tucumán no hay leyes que prohíban la instalación de estas antenas, sí tenemos una ordenanza que impide colocarlas frente a hospitales o escuelas, pero no se cumple”.

 

EL CASO

En una primera denuncia, la afectada sostuvo que la empresa de telefonía Telecom Personal instaló una antena a 100 metros de su domicilio, de manera “ilegal”. A su vez, enumeró los problemas de salud que padece y las patologías que habrían sufrido quienes viven en la zona contigua a la polémica antena.

En el Juzgado Federal Nº 2, donde fueron presentadas las actuaciones se resolvió remitirlas a Fiscalía Federal Nº 2, que solicitó sea dirigida a la justicia ordinaria. El 15 de febrero de 2023 se declaró la incompetencia y las actuaciones quedaron en mano del Colegio de Jueces y Juezas del Poder Judicial de la vecina provincia. No obstante, este órgano rechazó la incompetencia.

En marzo del mismo año se libraron oficios a organismos públicos y sea rechazó que la denunciante sea querellante, algo que ella apeló. En medio de los vaivenes judiciales, el 14 de marzo de 2023, el secretario de Estado de Medio Ambiente de Tucumán se expidió al respecto y manifestó que el caso “…no representa una competencia específica de nuestra Secretaria cuantificar en qué manera podría afectar a la salud de las personas, la instalación en general de antenas de telecomunicaciones como la descrita en su requerimiento, siendo una prerrogativa que guarda mayor relación con las funciones y expertís e propia del Ministerio de Salud”. Eso sí, destaca que “este tipo de artefactos encuadra en las previsiones de la Resoluciones (D.C.T. y M.A.) 116/03 del 23/10/2003, por lo que se encuentra comprendida en el listado de acciones u obras sujetas al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental”. De este modo, las antenas que cuentan con apto ambiental en el territorio tucumano, es porque han cumplido con el procedimiento establecido a tal fin, siendo examinadas por el “Consejo Provincial de Economía y Ambiente de la Provincia”.

En marzo de 2023, la denunciante articuló su querella contra los responsables de ENACOM, la Municipalidad de Tucumán y TELECOM PERSONAL S.A.. El 19 de mayo de 2023, el Sr. Juez Federal resolvió rechazar el rol de querellante una vez más, pero esta disposición fue impugnada, en tiempo y forma por la pretensa querellante. Recién en diciembre del año pasado la Cámara Federal aceptó a la víctima como querellante.

Después de varias idas y venidas en las que la Justicia decidió dejar sin efecto las actuaciones, Gómez elevó un petitorio en el que señala: “estamos en presencia de un fallo arbitrario desde que se hace una interpretación errónea de las normas aplicables y una tergiversación del cuadro probatorio conformado, invalidando como tal al acto jurisdiccional impugnado, por lo que a estos efectos hago reserva de ocurrir en Casación o Extraordinario, según corresponda”.

Asimismo, solicita “1) Se tenga por presentado en tiempo y forma el presente memorial de agravios y por suplida la audiencia fijada. 2) Oportunamente, se acoja los argumentos de este Ministerio Público Fiscal, revocando la sentencia impugnada, ordenando continuar con la presente investigación. 3) Se tenga por formulada y sustentada la reserva de la Casación y el Recurso Extraordinario federal”.

 

OTRO CASO

Este no es el único caso que está en discusión en el “jardín de la República”. Ya en 2014, un grupo de vecinos de Lomas de Tafí se manifestó en contra de la instalación de una antena de telefonía celular. La ONG Conciencia Ambiental Tucumán encabezó el reclamo alegando que, justamente el espacio donde iba a montarse la torre de telecomunicaciones estaba destinado a viviendas de uso familiar, según indicaba el portal “Primera Fuente”.

Que las radiaciones electromagnéticas pueden afectar gravemente la salud de todos los seres vivos, no es discutible, por mucho que algunos se empeñen en negarlo. Cuanto más avanza la tecnología, más nos encontramos envueltos en una problemática que muchas veces afecta nuestra salud o la desvalorización de las propiedades. Los estudios existentes hasta ahora no han podido demostrar que produzcan daños, aunque tampoco parece que son absolutamente inocuas”, dijo al medio citado Pedro Martínez, un docente integrante de la ONG.

A su vez, señaló que “ante estos emprendimientos y máxime en zonas céntricas, o barrios de alta densidad poblacional se debe realizar un estudio de impacto ambiental, el cual priorice la salud (física y mental) y posibles cambios en la forma de vida de los habitantes de la zona”, sostuvo. “Se entiende que estos se deben realizar in situ, averiguando y encuestando a los vecinos, y viendo hasta qué punto influirá la obra por venir en las actividades diarias, hasta el posible trauma que podría causar en la psiquis de los vecinos. Aparte la OMS anticipa que estas instalaciones se deben hacen a más de 500 metros de zonas pobladas”.

 

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