La reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de rechazar el recurso de queja presentado por la defensa de Cristina Fernández de Kirchner en la causa conocida como Vialidad, marca un hito definitivo en uno de los procesos judiciales más emblemáticos de la historia democrática argentina.
El fallo implica que la condena a seis años de prisión por administración fraudulenta en perjuicio del Estado ha quedado firme, cerrando el ciclo judicial de una causa que atravesó todas las etapas procesales, desde la investigación preliminar hasta la última instancia revisora.
Este proceso, que se inició en 2016 y culmina en 2025, se extendió por casi una década. Intervinieron jueces y fiscales en todas las instancias: desde la instrucción a cargo del fallecido juez Claudio Bonadio hasta el Tribunal Oral Federal N.º 2 que dictó la sentencia en 2022, pasando por la Cámara Federal de Casación Penal y, finalmente, la Corte.
Lo llamativo, y no menor, es que varios de estos funcionarios judiciales –incluidos algunos miembros del máximo tribunal– fueron designados o promovidos por el propio matrimonio Kirchner, incluyendo a la expresidenta durante su mandato.
Este dato desnuda la falacia del argumento de una supuesta persecución judicial partidaria.
El proceso cumplió con todas las garantías constitucionales y convencionales.
La defensa de Kirchner tuvo acceso pleno a la prueba, a la réplica, a la recusación de jueces, a audiencias públicas y a la apelación en todas sus formas. No hubo saltos institucionales ni atajos procesales.
Por el contrario, la duración misma del juicio –casi diez años– da cuenta del respeto por el debido proceso y la razonabilidad en el tratamiento de las garantías de la imputada.
En este marco, resulta inaplicable e insostenible la idea del "lawfare".
Este concepto, que refiere al uso indebido del aparato judicial con fines políticos para disciplinar o proscribir a líderes populares, no encuentra correlato alguno en el caso.
No solo por el respeto riguroso de las formas, sino porque Kirchner conservaba intactos sus derechos políticos: en todo caso, lo que existe hoy es el cumplimiento de una condena que no es proscripción y que, mejor dicho, es evitar que un hecho ilícito reputado como delito y confirmado por la prueba en un juicio donde recayó una condena no quede impune.
Ciertamente que la condena habla de una pena de prisión y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, pero lo que no debemos olvidar que el hecho es un manifiesto caso de corrupción y que, como tal, no puede ser soslayada esta situación, inexorablemente requiere la imposición de la inhabilitación.
Por lo demás, la narrativa del "lawfare", utilizada con fines discursivos, queda desmentida por los hechos y las normas.
Un dato revelador del comportamiento procesal de Cristina Fernández de Kirchner en la causa Vialidad es que, a lo largo de todos estos años, jamás afirmó explícitamente su inocencia respecto al delito que se le imputa.
Nunca se concentró en desmentir con argumentos fácticos o jurídicos la acusación concreta de haber direccionado fondos de obra pública a favor de Lázaro Báez, su empresario allegado. Tampoco ofreció pruebas sólidas que echaran por tierra el núcleo de la acusación. En cambio, optó por una defensa política, basada en afirmaciones genéricas y abstractas: denunció persecuciones del "partido judicial", responsabilizó a Mauricio Macri, acusó a Javier Milei de querer destruirla y se presentó como víctima de un sistema que buscaría disciplinarla.
Esta estrategia, cuidadosamente diseñada, renuncia a debatir sobre los hechos del caso, y se apoya exclusivamente en la victimización política. Lo paradójico es que, en un juicio penal, lo que se discute son justamente los hechos: si hubo delito, quién lo cometió, con qué pruebas se demuestra, y si las garantías se cumplieron.
En lugar de confrontar con evidencias o refutar pericias, Cristina optó por un discurso ideológico que puede servir en la arena política, pero que carece de eficacia jurídica.
Este comportamiento no solo refuerza la solidez de la condena -en tanto no fue desvirtuada por una defensa de fondo-, sino que también pone de manifiesto una elección consciente: no defenderse como imputada, sino hablar como líder política ante su electorado, desvirtuando el sentido mismo del proceso judicial. No hubo lawfare; hubo ley y debido proceso. Lo que faltó fue voluntad de defenderse en serio.
En cuanto al futuro inmediato, se abre ahora la posibilidad de que el juez de ejecución penal evalúe el pedido de arresto domiciliario solicitado por la defensa. Dado que Kirchner es una ex presidente, líder de la oposición, y reside en un departamento en el barrio de Constitución, en pleno centro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la evaluación de las condiciones de alojamiento no será menor.
El juez deberá ponderar tanto la seguridad personal de la condenada como la seguridad pública, considerando el historial reciente de manifestaciones masivas frente a su domicilio.
Cabe mencionar que desde que la sentencia fue confirmada, distintos sectores kirchneristas han convocado movilizaciones, intentando generar un clima de convulsión social. Esto no solo complica la ejecución de la pena, sino que configura una forma de presión indebida sobre el sistema judicial.
En una república, las decisiones judiciales no se revisan en la calle, sino en los tribunales.
Lo que está en juego no es sólo el destino judicial de una dirigente política, sino el mensaje institucional: la ley rige para todos, incluso para quienes han ocupado el cargo más alto del Poder Ejecutivo.
La causa Vialidad representa, en última instancia, la madurez de un sistema judicial que, con sus tiempos y sus falencias, ha sabido actuar conforme a derecho, sin presiones, sin prisas, pero también sin privilegios.
Proclamaba Malcom X: “Estoy a favor de la verdad, la diga quien la diga. Estoy a favor de la justicia, a favor o en contra de quien sea”. Resulta ser una posición moral que trasciende ideologías, simpatías personales o afiliaciones políticas. En esencia, se trata de una declaración de principios universales: la verdad y la justicia deben ser defendidas con independencia de quien las exprese o a quien afecten.
En el caso de Cristina Fernández de Kirchner poco importa lo que fue y las acciones de gobierno que realizó o el apoyo que cuente de la población, estar a favor de la verdad, la diga quien la diga, implica que la verdad no pertenece a nadie, si es verdad, debe ser reconocida como tal y Cristina fue condenada por corrupción.
En tiempos de polarización, este criterio es incómodo porque nos obliga a validar argumentos incluso si provienen de nuestros adversarios ideológicos. Supone un acto de humildad intelectual y ética.
Pero, por otra parte, al estar a favor de la justicia, a favor o en contra de quien sea, no basta con decir que uno cree en la justicia; hay que sostenerla incluso cuando va en contra de los propios intereses o aliados.
Esta es una prueba de fuego para cualquier sociedad democrática: ¿estamos dispuestos a aceptar una condena justa incluso si cae sobre alguien con quien simpatizamos? ¿O solo defendemos la justicia cuando beneficia a “los nuestros”?
Julio César Coronel