La AFIP simplificó el régimen de información para la transferencia de motos y autos usados radicados en el país. Así, los titulares ya no tendrán que presentar el certificado CETA por la compraventa de un automotor.

El trámite fue derogado mediante la resolución 5505 publicada este jueves en el Boletín Oficial. Según informó el organismo a cargo de Florencia Misrahi, la decisión permite agilizar la operatoria de transferencia e inscripción de dichos bienes y permite “modernizar al organismo generando la utilización de herramientas digitales y eliminando regímenes de información innecesarios”.

De este modo, la AFIP eliminó la utilización del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) exigido para las operaciones de transferencia de vehículos automotores y motovehículos usados.

Qué es el certificado CETA y por qué lo derogó el Gobierno
El Certificado CETA es un formulario que tenían que pedir las personas (humanas y jurídicas) y las sucesiones indivisas, del país o residentes en el exterior, relacionadas a la transferencia de un auto o moto usado y que estén radicados en Argentina. Este documento era completado por el vendedor del auto.

A partir de la resolución 5505 de la AFIP, deroga “el Título I de la Resolución General N° 2729” que correspondía a la presentación del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) en la compraventa de un auto o moto usado.

La eliminación del trámite permite “modernizar al organismo generando la utilización de herramientas digitales y eliminando regímenes de información innecesarios”.

Antes de la decisión tomada por el Gobierno, se tenía que tramitar el formulario cuando la las operaciones de compraventa de automotores y motovehículos usados superaban los $10.919.766.

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