30 de enero, 2025
Actualidad

La música es un gran universo para compartir, pero también para respetar. Detrás de cada obra, hay un sinfín de derechos y responsabilidades que hay que respetar. Brevemente, desde las fibras intimas de la producción musical, se explica cómo se debe actuar antes la preservación de las obras.

Las especulaciones y aseveraciones respecto a los Derechos de Autor y Compositor que se suscitan en época de festivales, son inmensas. Al respecto, el músico y productor musical santiagueño, Mario Ruiz, Delegado de Capif (Cámara Argentina de Productores de Fonogramas y Videogramasen la provincia hace una detallada ilustración para tener claro el panorama de la música y músicos en general.
“Los Derechos de Autor de un Artista o Compositor subsisten durante toda su vida y continúan por un período de 70 años después de su muerte. Tras el fallecimiento del Autor, estos derechos pasan a sus herederos”, comienza advirtiendo el productor asesor de seguros. Y amplía, “esta duración puede variar dependiendo de la legislación de cada país específico. 
En Argentina son 70 años después de la desaparición del Autor y Compositor. Es importante tener en cuenta que los Derechos de Interpretación o Ejecución (Derechos de Intérprete) y los Derechos de Fonogramas (Derechos del Productor Discográfico y de Videogramas) son distintos de los Derechos de Autor y tienen reglas diferentes, destaco esa diferencia importante al tratarse de Derechos Conexos”.
Asimismo, sobre las firmas de contratos con Sellos Discográficos y Editoriales, afirma que “pueden contener cláusulas sobre qué sucede con los Derechos después de su muerte.
Es aconsejable consultar con un abogado especializado o un asesor legal de las Sociedades de Gestión Colectiva (SADAIC, AADI, CAPIF) para entender completamente cómo se manejan estos asuntos después del fallecimiento del Artista”. 
Vale remarcar que las instituciones que velan por todos estos derechos y se encargan de su control, cumplimiento y evolución, son: SADAIC, sociedad de gestión colectiva de los Autores y Compositores, en Derechos de Autor, y la DNDA, Dirección Nacional de Derecho de Autor. En los Derechos Conexos, Derechos de Intérprete a AADI, Asociación Argentina de Intérpretes, y a CAPIF, Cámara Argentina de Productores de Fonogramas y Videogramas. 
 
¿Qué pasa con las Plataformas de Streaming como Spotify y YouTube cuando un Artista fallece?
Por otra parte, también fundamental, se abrió el abanico de preguntas sobre ¿qué sucede con el contenido en plataformas cuándo un artista falleció?. Teniendo en cuenta las reproducciones de un artista se triplicaron con el uso de las tecnologías, Mario comenta que “cuando un artista fallece, su música puede seguir generando ingresos en las distintas plataformas de streaming como Spotify y en YouTube, dependiendo de los acuerdos y contratos que tenía en vida.
Si el artista tenía un contrato con una discográfica, por lo general, la discográfica seguirá administrando y obteniendo ingresos de la música del artista en las plataformas de streaming y YouTube, según lo estipulado en el contrato.
Si el artista era independiente y administraba su música a través de una agregadora digital, la situación puede ser más compleja. Dependiendo de la agregadora y los términos del servicio, es posible que los ingresos generados por la música del artista sigan siendo pagados a la cuenta vinculada, que luego pasaría a ser administrada por los herederos del artista”.
A este panorama se le suma Youtube, que es la plataforma dónde logró posicionarse el cantante de cumbia y guaracha durante los últimos cuatro años. “Este caso puede ser particular porque además de los ingresos generados por las reproducciones de la música del artista, también puede haber ingresos generados por contenido generado por usuarios que utilizan la música del artista. 
Estos ingresos también seguirían generándose después de la muerte del artista y se pagarían según los acuerdos existentes con YouTube o cualquier entidad que administre los Derechos del Artista en YouTube. Es importante tener en cuenta que estas son generalizaciones y el trato específico de los ingresos generados por la música después de su muerte puede variar ampliamente dependiendo de una serie de factores, incluyendo contratos específicos, leyes nacionales e internacionales, y otros.
Para finalizar, Ruiz aconseja a los artistas que es indispensable hablar con un abogado o asesor legal de las sociedades de gestión colectiva, para entender completamente cómo se manejan sus derechos e ingresos después de su muerte.

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