22 de octubre, 2024
Nota de Portada

Una minuciosa investigación federal concluye en que la justicia avanza en condenas ligadas al microtráfico de drogas sin un panorama claro de la situación de las mujeres involucradas. En Santiago del Estero, son sentenciadas por su rol en tareas de "narcomenudeo", a partir de severas condiciones de marginalidad.

La Red Federal de Periodismo Judicial presentó su más reciente investigación: “Mujeres y microtráfico de drogas, punto ciego de la Justicia argentina”. El trabajo revela la falta de datos y/o transparencia con la que se manejan las instituciones judiciales y administrativas en uno de los casos penales más recurrentes en el país. Pese a la “voluntad” que exhiben por propaganda los tres poderes del Estado en contra del narcotráfico, poco se sabe de los resultados de su accionar.

Los sistemas judiciales de la Argentina avanzan sin mediciones contra un sector sumergido en la marginalidad, la desigualdad y la violencia, cuya persecución, juzgamiento y sanción carece de un impacto sustantivo en el combate al narcotráfico”, es una de las conclusiones a las que arriba el trabajo elaborado por 22 periodistas e investigadores radicados en diferentes puntos del país.

En Santiago del Estero, el “narcomenudeo” es la principal causa de condena a mujeres en los últimos años, de acuerdo a un minucioso análisis publicado el 24 de abril último por revista LA COLUMNA, en base a datos del sitio web del Ministerio Público Fiscal y eventuales publicaciones de dos diarios provinciales de referencia dominante.

Así las mujeres adquirieron un rol preponderante en el microtráfico de drogas y su común denominador son las severas condiciones de la marginalidad en las que viven. Sin embargo, su persecución, juzgamiento y sanción carece de un impacto sustantivo en el combate al narcotráfico, de acuerdo a lo que plantea el trabajo de la Red Federal.

 

PUROS OBSTÁCULOS

La investigación federal encontró un sinfín de escollos a la hora de acceder a datos fundamentales para evaluar el proceder del Estado en los casos de microtráfico. Se cursaron más de 100 pedidos de acceso a la información pública, y contactaron a una amplia variedad de fuentes: mujeres criminalizadas por microtráfico de drogas, y actores de la magistratura, de los ministerios públicos, de la abogacía, de los gobiernos, de la academia y de la sociedad civil. Las conclusiones fueron:

**Los poderes judiciales de la Argentina carecen, en términos generales, de una comprensión clara de su situación actual y de sus objetivos futuros en lo que respecta al tratamiento de las causas relacionadas con drogas. Esta investigación revela que es un hecho excepcional la existencia y la disponibilidad de información sobre el procesamiento de esta clase de delitos considerados críticos para la sociedad y el Estado. Es sorprendente la orfandad de datos sobre condenas por microtráfico de drogas, la infracción más común a la Ley de Estupefacientes y una de las más recurrentes en la Argentina. Esta carencia plantea una barrera invencible para discernir cómo los poderes judiciales miran a las mujeres que condenan: pareciera que aquellas no entran en el campo visual de los tribunales.

**A la escasez de estadísticas actualizadas y confiables se suma la falta de transparencia. Un número significativo de pedidos de acceso a la información pública presentados a los fines de esta pesquisa no recibieron respuesta. Los organismos estatales consultados también enviaron contestaciones inconsistentes, defectuosas, inexactas o globales que impiden una utilización correcta de los datos. Existe un déficit llamativo en la rendición de cuentas de las instituciones públicas judiciales y administrativas vinculadas al esclarecimiento de los casos con drogas. Ese vacío contrasta con la abundancia de propaganda y de publicidad política ligada a la lucha contra las drogas.

**El movimiento de “desfederalización” de la competencia para investigar y sancionar el microtráfico acaecido en numerosas provincias contribuyó a generar espacios estancos y a complejizar la sistematización de los datos. A esto hay que agregar que en algunas jurisdicciones se advierten tensiones institucionales entre los sistemas judiciales provincial y federal. Se impone evaluar el resultado de esta reforma, pero, otra vez, ese diagnóstico también requiere de datos certeros.

**El Consejo de la Magistratura de la Nación se reveló como uno de los mayores escollos para el acceso a la información pública requerida a los fines de conocer y comprender la situación de las mujeres vinculadas a casos de microtráfico de drogas. Este organismo respondió totalmente fuera del plazo legal de la Ley 27.275 y no requirió la prórroga. Más allá de eso, envió contestaciones evasivas y carentes de certezas mínimas, que se limitan a atribuir al sistema informático la imposibilidad de extraer las cifras.

**Algunos datos parciales sugieren que aumentó el número de mujeres en conflicto con la ley penal de estupefacientes. Esto surge particularmente de la información obtenida en la Justicia de Salta y de las bases del Ministerio Público de la Defensa de la Nación (MPDN). Esta segunda fuente no arroja evidencia concluyente porque, desde luego, quedan fuera del radar del MPDN los procesos con defensa privada y sus registros sólo valen para los casos de la Justicia Federal (no cubren las causas en manos de los sistemas judiciales provinciales u ordinarios), además de que no distinguen por tipos de delitos ni por resultados. Con las precauciones debidas, estos indicios alimentan la hipótesis de que cada vez hay más mujeres perseguidas -aunque no necesariamente condenadas- por hechos de microtráfico de drogas en la Argentina sin que ello inquiete o ponga en alerta a quienes hacen tales acusaciones.

**Los trazos de la pobreza y de la desigualdad aparecen con elocuencia en la caracterización de las mujeres condenadas por microtráfico de drogas. La violencia de género es otro fenómeno que converge en este plano. Las mujeres criminalizadas son con frecuencia víctimas de amenazas, intimidaciones  y ataques que las colocan en una situación desesperante. Al no haber datos que crucen ambos indicadores, es imposible saber a ciencia cierta en qué medida la violencia incide sobre la decisión de vender o transportar drogas. El estado de necesidad y la falta de oportunidades explicarían la conducta de un número relevante de estas mujeres. La respuesta del Poder Judicial sigue siendo la privación de la libertad, medida que, lejos de implicar una resocialización, agrava la marginalidad.

**Al dedicar esfuerzos al microtráfico de drogas sin medir los resultados de sus acciones, el sistema judicial se enfoca en personas que son muy vulnerables, según la caracterización de roles y funciones descrita en este informe. Esta condición hace que la persecución y el encarcelamiento de mujeres causen un impacto mínimo en los mercados de drogas porque quienes los dirigen permanecen indemnes. Ello es corroborado por algunas crónicas incluidas en esta investigación que ponen en duda la proporcionalidad y eficacia de los recursos y del tiempo aplicados a estas mujeres. 

**Otro signo de pregunta inquietante es la situación de los hijos de las mujeres condenadas por microtráfico de drogas. La falta de protocolos y de dispositivos de contención adecuados para estas personas menores de edad amplifica de manera irracional los efectos de la privación de la libertad de la progenitora. Habría una afectación severa al deber estatal de proteger la infancia y la adolescencia.    

**De esta investigación se desprende la urgencia de estudiar los aspectos normativos y de práctica judicial que podrían estar alentando la incorporación de mujeres a las tareas más expuestas del microtráfico de drogas (traslado de la mercancía y venta de las dosis para consumo). Es fundamental que ciertos beneficios otorgados por, por ejemplo, la posición de cuidadoras de hijos no agraven la debilidad de aquellas.

**Los llamados “kioscos” o “búnkeres” son espacios inherentes a las mujeres del microtráfico, pero su estructura y particularidades son aún poco conocidas. Lo mismo cabe apuntar sobre la modalidad del traslado de la droga en el cuerpo, función asignada a las mujeres en especial en las provincias con borde internacional.

 

MÁS CONDENAS

Lamentablemente, Salta es la única provincia del NOA que cuenta información sobre las condenas por microtráfico en los últimos cinco años. Del resto del país, la acompañan la CABA, Misiones y Neuquén.

Según analizan periodistas e investigadores, Salta es la provincia de este conjunto cuyo Poder Judicial condenó a más mujeres por microtráfico de drogas en el periodo mencionado. Pasó de 29 en 2019 a 70 en 2023 (+133%). En total, se contaron 244 mujeres condenadas en el período considerado.

Vale destacar que los cuatro distritos que sí exhiben la información requerida, suman una población total de 6,5 millones de habitantes (13% del total del país: 48,9 millones), donde 3,4 millones son mujeres (52% del subconjunto analizado). Entre 2019 y 2023, hubo 433 condenas a mujeres por microtráfico de drogas en este grupo de jurisdicciones.

Del análisis de los datos disponibles en las cuatro provincias se desprende que:

**En ninguna de ellas hubo más de 70 mujeres condenadas al año por microtráfico de

drogas.

**La CABA se sitúa en un punto intermedio en cuanto a cantidad de mujeres condenadas por microtráfico de drogas. El sistema judicial porteño impuso 153 condenas. Pero, a diferencia de Salta, no hubo un incremento extraordinario ni lineal del volumen de casos: en la CABA se condenó a 30 mujeres en 2019 y a 38 en 2023 (+27%).

** Con respectivamente 19 y 17 mujeres condenadas por microtráfico de drogas, Misiones y Neuquén son las provincias de este conjunto que menos sanciones aplicaron en este tipo de casos en el período considerado. Y en ambas se advierte una tendencia decreciente: el sistema judicial misionero pasó de 7 mujeres declaradas culpables en 2019 y a 2 (-71%) en 2023 mientras que el neuquino emitió 8 condenas en 2019 y 2 (75%) en 2023.

 

HIJOS

Ahora bien, qué sucede con los hijos menores de edad de las mujeres involucradas en casos de “narcomenudeo”, cuando estas son condenadas. La Ley 26.472 (B.O. Enero 2009) establece que las mujeres embarazadas y madres de niños y niñas menores de cinco (5) años podrán cumplir la pena de prisión efectiva o preventiva bajo la modalidad de detención domiciliaria.

Mientras que, en las cárceles federales rige desde el 12 de diciembre de 2023, un protocolo para el alojamiento de niños y niñas menores de cuatro años. Se trata de una regulación detallada sobre las condiciones que los establecimientos carcelarios deben reunir para ajustarse a los tratados de derechos humanos vigentes en la Argentina. Se desconocen el nivel de aplicación de este reglamento, y el cambio que supone para las mujeres privadas de la libertad por microtráfico de drogas, y sus hijos e hijas.

Sin embargo, no hay dispositivos de protección de aplicación automática o de carácter universal implementados para los hijos e hijas a partir de los cinco años de mujeres privadas de la libertad por hechos delictivos descritos en la Ley de Estupefacientes, según la respuesta enviada por la Subsecretaría de Asuntos Penitenciarios del Ministerio de Seguridad de la Nación.

 

DESFEDERALIZACIÓN

El informe de la Red hasta el primer trimestre de 2024, 11 de las 24 provincias (incluye la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires, CABA) habían asumido la potestad de investigar y juzgar los delitos menores1 de la Ley de Estupefacientes que, antes del traspaso, formaban parte de la competencia de la Justicia Federal de cada distrito.

La medida tuvo un impacto significativo en las provincias del centro y del Norte del país. En el otro extremo, se advierte la permanencia del modelo federal en Cuyo y la Patagonia. El 54% de las jurisdicciones argentinas aún sigue aplicando el viejo esquema donde la Justicia Federal interviene en todas las causas con estupefacientes, sin importar la cantidad.

Aunque la intervención de los sistemas judiciales provinciales (Justicia ordinaria) en casos de microtráfico de drogas empezó hace casi dos décadas, casi no hay estudios oficiales que evalúen el resultado de la decisión de fragmentar la competencia. Recién este año 2024, la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar), unidad del Ministerio Público Fiscal de la Nación, publicó un primer estudio sobre el tema titulado  Desfederalización de la competencia penal en materia de estupefacientes.

Entre las conclusiones principales de la Procunar se destacan estas dos: 1) que la Justicia provincial absorbe un cúmulo mayor de causas que el que manejaba la Justicia Federal antes del traspaso de la competencia, y 2) que “una parte importante de los recursos de las agencias policiales y fuerzas de seguridad terminan estando destinados a la criminalización de las personas consumidoras” de estupefacientes. Al respecto, la Procunar recuerda que la Corte Suprema de Justicia de la Nación emitió el fallo “Arriola” (2009) que considera inconstitucional castigar a un adulto por consumir si no pone en riesgo a terceros. Pese a estos corolarios, la Procunar valora positivamente el hecho de que la Justicia Federal se haya desprendido de los casos pequeños por la posibilidad que ello le otorga de dedicarse a los complejos. El informe no analiza “condenas”, sino procesos iniciados, y no distingue en función del género ni abarca la totalidad de las provincias donde rige la llamada “desfederalización”.

En este sentido, la investigación federal advierte que el riesgo de fragmentación asociado al desdoblamiento de la competencia respecto de la Ley de Estupefacientes se ve potenciado por el hecho de que no todas las provincias poseen los mismos estándares de transparencia y de rendición de cuentas.

 

EN SANTIAGO

En Santiago del Estero la afamada “Ley de Narcomenudeo” rige desde septiembre de 2018 y llevó a la creación de una entidad específica dentro del Ministerio Público Fiscal, la Unidad Fiscal de Lucha contra el Narcotráfico.

Santiago del Estero no es ajena a la situación que atraviesa el resto de las provincias del país, donde la mayoría carece de datos acerca de las causas relacionadas con el microtráfico de drogas. Y, sin información estadística completa es imposible conocer cuál es la evolución de la Ley de “narcomenudeo”.

De acuerdo a lo que plantea el análisis de la Red Federal, el movimiento de “desfederalización” de la competencia que procuraba alivianar la carga del sistema federal “contribuyó a generar espacios estancos y a complejizar la sistematización de los datos”.

Ante la falta de respuesta o las respuestas esquivas de la mayoría de los organismos del Poder Judicial y Ejecutivo de Santiago del Estero, se acudió a distintas fuentes, con las que se llegó a las siguientes conclusiones:

**Las mujeres involucradas en causas de micro tráfico de drogas, tienen, por lo general, entre 30 y 45 años.

**Viven en casas precarias y están a cargo de al menos de un hijo.

**La mayoría no está en pareja.

**La mayoría no consume drogas.

**Por lo general, reciben alguna ayuda del Estado y no cuentan con un empleo registrado.

**Su nivel de instrucción escasamente supera el primario y no suelen estar capacitadas en algún oficio.

**En la mayoría de los casos, no son las únicas que venden drogas en su hogar, sino que comparten la tarea con parejas e hijos. Lo hacen, más que nada, como forma de “subsistencia”, ya que no se detecta una mejora en sus condiciones de vida a partir de la comercialización de drogas.

**La modalidad delictiva más frecuente es vender en sus casas o bajo la modalidad de "delivery" para lo cual se trasladan en motovehículos propios o de algún familiar.

**En la mayoría de los casos, son sus parejas quienes se encargan de conseguir las sustancias que ellas fraccionan y comercializan.

El informe detalla además que fueron pocos los organismos de Santiago que respondieron a las solicitudes de acceso a la información que se presentaron y sin cumplir con los datos requeridos.

En el caso de la oficina de Estadísticas del Poder Judicial de Santiago del Estero fue a través de un mail en el asegura que “los datos estadísticos solicitados pueden verse publicados en los siguientes link. A estos pueden acceder todos los ciudadanos que necesiten dicha información”. Sin embargo, ninguno de los enlaces enviados (sitios web de la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia y del Ministerio de Justicia de la Nación) poseen los datos solicitados por escrito.

En el caso del Ministerio Público Fiscal provincial -amplía el informe- la Secretaría General (contactada después del envío del pedido) dijo que no poseía la información solicitada: que no discriminan por género los casos ingresados y que les llevaría mucho tiempo hacerlo debido a la carga laboral diaria”.

Por su parte, el Poder Ejecutivo “no dio respuesta”. “En la mesa de entradas del Ministerio de Desarrollo se negaron a recibir el pedido, ya que no contaba con un “sello” de la organización o algo que acredite la existencia de la Red Federal de Periodismo Judicial. En una segunda visita se presentó el pedido en una hoja membretada ante funcionarios del Ministerio, pero tampoco lo aceptaron”, detallan.

Párrafo aparte merece el Ministerio Público de la Defensa que envió la información una vez cerrado el plazo de trabajo de la investigación, por lo que los datos no pudieron ser ya procesados. No obstante esto, fue el único organismo que dio datos certeros, “con información específica para cada una de las preguntas”.

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