a) Actividades prohibidas: Transporte público de pasajeros (colectivos), gimnasios, peluquerías y casas de estética.
 
b) Actividades restringidas: bares, restaurantes, cafeterías, heladerías, pastelerías, rotiserías y cualquier otra casa de comidas, no podrán atender al público (solo podrán hacerlo por sistema de pedidos, Delivery y “take away”) .
 
c) El horario de circulación y actividades permítidas podrán desarrollarse de lunes a viernes entre las 8 y las 18 hs; y los sábados, domingos y feriados de 8 a 15 hs.
 
d) Después de las 18 y hasta las 8 hs (de lunes a viernes ) y de las 15 hs hasta las 8 hs (los sábados, domingos y feriados) solo podrán circular aquellas personas autorizadas por el “circulando” que realizan actividades esenciales.
 
# Los 25 Departamentos restantes de la Provinvia.
 
a) Se mantienen todas las actividades tal como estaban, dentro del horario de circulación permitido (de 8 a 24 hs)
 
b) Se tomarán medidas excepcionales cuando la emergencia lo requiera ( como Suncho Corral y San Pedro de Guasayan) o algunas medidas que sean requeridas por las autoridades comunales, que hagan a limitaciones horarias, etc .
 
# Las reuniones sociales y familiares (cualquiera sea el número de personas) están prohibidas en todo el territorio provincial, y se establecen multas y sanciones especiales a los organizadores y dueños de locales, espacios o casas de familias en las que se realicen.
 
También se mantiene la limitación a la circulación de dos personas por vehículo, un pasajero por remis o radiotaxi y una persona por moto vehículo.
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