22 de octubre, 2024
Nota de Portada

En marzo de 2013, José Luis Ramos asesinó de 19 puñaladas a Eliana Ávila. Para los jueces locales no hubo ensañamiento ni alevosía en el crimen y lo condenaron a 21 años de cárcel. Ahora, la Suprema Corte de Justicia de la Nación anuló ese fallo y se encamina hacia la perpetua del asesino que, hasta hace poco gozaba de libertad condicional. Un vaivén judicial sin precedentes.

La ciudad de Frías era su mundo. Allí nació. Allí estudió. Allí se enamoró. Allí se convirtió en mamá. Allí tuvo su primera pena de amor. Allí volvió a creer en el amor. Allí fue asesinada…

Eliana Yanet Ávila tenía 26 años, era una joven hermosa, llena de vida y cargada de sueños. Había nacido en un hogar cargado de amor, aunque con muchas carencias económicas. Como ex combatiente de Malvinas, José Ávila, su papá, la había educado siguiendo el camino del esfuerzo y del trabajo. Su mamá, Liliana Lobos, una mujer luchadora, le enseñó que nunca debía bajar los brazos ante las adversidades que se le fueran presentando en la vida. Lo había aprendido cuando apenas tenía 20 años, a raíz de un cáncer que le impidió tener más hijos. Por ello, Eliana nunca tuvo hermanos, pero la vida se encargó de regalarle los mejores amigos.

Así creció. Así se fue convirtiendo en una adolescente feliz. Tenía 16 años cuando conoció a un joven de su misma edad, al que creía el amor de su vida. Pese a que su familia quería que iniciara estudios superiores antes de iniciar una relación de pareja, ella siguió adelante con el vínculo amoroso.

A los 18 años su vida se coronó con el nacimiento de su hijo, al que amó desde el instante mismo en que supo que estaba germinando en su vientre. Por él se transformó en toda una mujer, dispuesta a darle un futuro mejor. Por ello no dudó en seguir una carrera el Profesorado Provincial, donde se recibió de Profesora de Tecnología, siempre con el apoyo incondicional de su familia.

Mientras tanto, su relación de pareja se fue desgastando hasta que se rompió definitivamente, y cada uno siguió un camino distinto. Sin embargo, ambos sabían que el amor por su niño los mantendría unidos para siempre.

 

DE NUEVO EL AMOR

José Ávila la ayudó económicamente para instalar una boutique en el centro de la ciudad, pero ella fue el motor de ese emprendimiento. Se encargó de darle su toque personal, a tal punto se convirtió en uno de los negocios preferidos por las jovencitas frienses, que alababan el buen gusto de las prendas que exhibía.

Se empecinó en devolverle a su padre la inversión realizada. Era enemiga de las deudas. Por ello no dudaba en hacer todo lo que estuviera a su alcance para mantener personalmente a su niño.

Siguiendo el consejo de sus padres, Eliana decidió que debía retomar los estudios e inició los estudios en el Profesorado de Matemáticas del Instituto Inmaculada Concepción.

Un día cualquiera, a comienzos de 2012, Eliana conoció a José Luis Ramos, un joven 11 años mayor que ella.

Él era un asiduo practicante de su fe católica. Había sido monaguillo de la parroquia Inmaculada Concepción. Tiempo después pasó a formar parte del personal de maestranza de la escuela Inmaculada Concepción. Además, prestaba permanente colaboración con la radio parroquial, que se irradiaba en la zona.

La incipiente amistad entre ambos se convirtió en amor. Durante los dos años que duró el noviazgo nada parecía enturbiar la relación que existía entre ellos. Sin embargo, en una de las redes sociales, Eliana publicó que su situación sentimental era complicada.

Otro día cualquiera, ella llegó a su casa y les comunicó a sus padres que ese vínculo se había terminado para siempre.  Sin saber exactamente por qué, ellos no confiaban en Ramos. Había algo en él que no les agradaba. El tiempo les daría la razón.

 

LA ÚLTIMA VEZ

Luego de concluir el noviazgo, Eliana decidió dedicarse por completo al trabajo, al estudio y, fundamentalmente, a su hijo, que ya iba iniciado la escuela primaria y a quien amaba con locura.

Así fueron transcurriendo sus días. Por la mañana se dedicaba al negocio, durante la siesta estudiaba y a media tarde partía hacia el Profesorado. En el medio, se dedicaba de lleno a su pequeño hijo.

Durante la tarde del 19 de marzo de 2012, Eliana jugó un largo rato con su pequeño, le repartió un ramillete de besos y se despidió de su madre, no sin antes de decirle que se reunirían para cenar juntos en su hogar del barrio 24 de septiembre. Aunque no sabía explicar exactamente lo que sentía, Liliana Lobos quedó con un mal presentimiento.

Eliana fue al Profesorado, participó de algunas clases, charló con sus compañeras y ultimó detalles para una reunión que harían próximamente. Con una inmensa sonrisa se despidió de ellas y se subió a su motovehículo. Nadie imaginaba que sería la última vez que la verían con vida.

 

LA NOCHE FATAL

Al parecer, el día anterior, Ramos se había vuelto a comunicar con Eliana y le habría dicho que pasara a buscar las pertenencias que había dejado en su casa, ubicada en el pasaje Guillermo Pieroni, entre Antártida Argentina y José Manuel Estrada, del barrio 50 Viviendas. 
A esa vivienda la vio entrar una vecina, quien también vio que Ramos guardó la moto de Eliana en su interior y cerró la reja del frente.

Cuando había pasado más de una hora del 20 de marzo, Ramos salió de esa casa, no sin antes apagar las luces y trancar bien todas las puertas. Se dirigió directamente hacia el hogar de su padre. Esperó a que éste regresara de su hogar y le dijo que había golpeado a Eliana, dejándola herida. Le pidió que lo acompañara hacia la comisaria y que le consiguiera un abogado.

El hombre, preocupado por su hijo, no dudó en acompañarlo hacia la dependencia policial. No tenía idea que lo peor estaba por venir.

 

19 PUÑALADAS

Ya en la comisaria, José Luis Ramos avisó a las autoridades policiales que había discutido con Eliana y que la había golpeado, quien habría perdido el conocimiento a raíz de los golpes.

Cuando los efectivos llegaron a la casa, se dieron con un panorama absolutamente diferente al esperado. Eliana estaba tendida en un inmenso charco de sangre. En su cuello aún estaba clavado un inmenso cuchillo de carnicero. En todo su cuerpo tenía cortadas. A un costado, en un bolso estaban algunas de los objetos que Eliana había ido a buscar.

El forense diría luego que fueron 19 las puñaladas que recibió el cuerpo de la muchacha.

19 puñaladas realizadas con un cuchillo de 29 centímetros de largo. Según determinaron las pericias posteriores, Ramos habría golpeado a Eliana antes de atacarla con el arma blanca. Luego le marcó la cara con el cuchillo. También la habría arrastrado de los cabellos, golpeando luego su cabeza contra el suelo. Acto seguido, le clavó las cuchilladas posteriores, esta vez mortales. La última quedó clavada en el cuello de Eliana.

 

LA ESPERA

Mientras tanto, la mamá de Eliana estaba desesperada. Intuía que algo había pasado. Aunque se cansó de llamar a su hija, ésta jamás la atendió. Se sentó en la vereda a esperarla.

Pasadas las 2 de la madrugada, un vecino se extrañó de verla allí. Se acercó a ella, la saludó y le preguntó qué hacía en ese lugar a esa hora. La mujer le contó que esperaba a Eliana. Tímidamente, él le contó que unos minutos antes había leído en un portal de noticias que la joven había sido herida por su novio. Evitó contarle que la noticia que circulaba en realidad estaba referida al crimen de Eliana.

La mujer despertó a su marido, le avisó lo que le habían contado. Éste quedó con el niño que aún dormía en la otra habitación y ella corrió hacia la Comisaría de la Mujer que queda a un par de metros de su casa, donde recibió la noticia más terrible de su vida: Eliana había sido asesinada en el interior de la vivienda de José Luis Ramos, quien sería el autor del crimen.

 

EL SUPUESTO ABORTO

En su declaración ante las autoridades, Ramos dijo que se había comunicado con Eliana en los días previos y que ella le contó que estaba embarazada, pero que había decidido no tener a ese hijo.

Desesperado, la citó para intentar hacerla cambiar de opinión; sin embargo, Eliana habría estado decidida a llevar adelante el aborto. Él, defensor de la vida y como católico practicante, no estaba dispuesto a participar de tal crimen. Por eso, en un momento de locura terminó con su vida.

Esa versión corrió como un reguero de pólvora entre los vecinos de la “Ciudad de la Amistad”. Propios y extraños opinaron sobre el crimen y sobre la decisión de la muchacha, cuyo nombre fue enlodado por las palabras malintencionadas de quienes creyeron en la versión de Ramos.

Es más, el sacerdote Juan José Rojas, amigo y confesor de Ramos, testimonió que éste le había confiado que Eliana estaba embarazada y quería abortar. Por eso, le prestó el teléfono del colegio para comunicarse con la madre de la muchacha y hacerle saber de su decisión, para evitar llegar a tan drástica decisión.

Si bien admitió haber escuchado el contenido de la llamada telefónica, el cura señaló que no sabía exactamente quién era el interlocutor ni mucho menos la respuesta del otro lado de la línea.

 

EMBARAZO DESCARTADO

Sin embargo, las posteriores pericias forenses se encargarían de descartar de plano aquél supuesto embarazo y mucho menos un aborto. Eliana no estaba embarazada; por lo tanto, tampoco podría practicarse un aborto.

Allí comenzó a correr otra versión: que la muchacha le habría mentido sobre tal situación, ocasionando que Ramos se violentara con ella y terminara asesinándola. De nuevo el comportamiento de Eliana fue la comidilla entre los vecinos de la ciudad.

Sin embargo, sus padres, familiares ni amigos jamás creyeron en tales versiones. Sabían que Eliana sería incapaz de mentir sobre algo tan sagrado como la maternidad. Con todo el dolor a cuestas, organizaron varias marchas reclamando justicia y exigiendo la condena de Ramos.

Mientras tanto, desde varios sectores ligados a la iglesia friense se aseguraba que Ramos había actuado impulsado por la mentira de Eliana y que su comportamiento podía ser encuadrado en una conducta de “emoción violenta”.

Así, mientras muchos criticaban la conducta sexual de Eliana, como si eso fuera un motivo para asesinarla o un justificativo para hacerla víctima de violencia de género, quienes la conocieron se encargaban de limpiar su buen nombre y exigir constantemente una sentencia contra Ramos.

 

EL JUICIO

El lunes 23 de septiembre de 2013, un año y medio después del crimen de Eliana, comenzó el segundo juicio oral y público en el contexto de violencia de género, dentro del entonces novedoso sistema procesal de Santiago del Estero, que se aplicaba desde 2011 en la Circunscripción Judicial de Frías. Tal es así que en aquella ciudad se constituyó el tribunal que debería resolver la causa.

Los encargados de juzgar el delito fueron los vocales de la Cámara de Juicio Oral de 3° Nominación, integrado por el Dr. Roberto Encalada, la Dra. Rosa Margarita Piazza de Montoto y el Dr. Julio Alegre Paz.

Por su parte, el Ministerio Público Fiscal estuvo integrado por la entonces fiscal Dra. Olga Gay de Castellanos, actualmente vocal del Tribunal de Control y Alzada en lo Criminal y Correccional, el Dr. Julio Mariano Gómez –quien dirigió toda la investigación-, el Dr. Mario Mdalel y el Dr. Martín Silva. El abogado querellante de los padres y el hijo de Eliana, fue el Dr. Abel Mauas.

Mientras que la defensa de Ramos estuvo a cargo de los Dres. César Barrojo y Emanuel Dahí.

 

CONDENA INESPERADA

Dos semanas después de intensos debates, el juicio oral llegó a su fin y Ramos fue condenado a cumplir una pena de 21 años en prisión, al considerarlo autor material del homicidio simple de Eliana.

La indignación entre los presentes no se hizo esperar. La bronca se adueñó de familiares y amigos de Eliana, quienes esperaban una sentencia más severa. Para ellos, la única pena posible era prisión perpetua. Sin embargo, la decisión de los magistrados fue otra.

Nadie podía dar crédito a lo que estaban escuchando. Sólo 21 años. Al parecer, 19 puñaladas fueron insuficientes para lograr una condena mayor.

El presidente del tribunal, Dr. Encalada, y la vocal Piazza de Montoto hicieron prevalecer su decisión por mayoría de votos, ya que se habían inclinado por los 21 años. Por su parte, el vocal Alegre Paz había pedido una pena menor aún, 17 años.

El fallo provocó una airada reacción popular, que se transformó en algunos incidentes menores, a la vez que no se podía frenar el descontento generalizado.

Aquellos que habían permanecido al margen del juicio no entendían lo que estaba sucediendo, ni mucho menos por qué una condena de 21 años pudiese provocar tal resistencia. Sin embargo, quienes estaban involucrados en el debate oral consideraban que la prisión perpetua era el veredicto que debían haber escuchado, pues el ensañamiento y la alevosía de Ramos contra Eliana quedaron debidamente probados.

Por su parte, la defensa de Ramos tampoco quedó conforme con el veredicto, pues aseguraban que su defendido había actuado bajo la figura penal de “emoción violenta”.

Resultaba evidente que el fallo no había conformado ni a unos ni a otros. Sin embargo, era apenas el principio de la polémica.

 

ÉL, ABUSIVO. ELLA, HISTÉRICA

La verdadera controversia se desató el 16 de octubre, cuando se dio lectura a los votos de los magistrados, que se hizo en la capital santiagueña, mientras que todo el juicio se había llevado adelante en la ciudad de Frías.

Lo más contundente fue cuando dijeron que Ramos y Eliana tenían una “relación conflictiva”, ya que “él era abusivo y ella histérica”.

Además, el tribunal consideró que “resulta más lógico pensar que en la alocada y violenta acción del atacante, que tiraba puntazos, mientras la víctima se defendía interponiendo los brazos, el cuchillo llegó a lesionar también el rostro, hasta que, en esa acción, loca rápida violenta, una puñalada le atravesó el cuello hasta su muerte”.

Para los magistrados, la Fiscalía no logró acreditar la alevosía ni tampoco el ensañamiento. “No existieron”, enfatizó el voto del Dr. Alegre Paz. Para el tribunal se trató sólo de un “homicidio simple”. Es más, dijeron que fue un crimen pasional.

Para el tribunal, la muchacha falleció a consecuencia de un shock hipovolémico, causado por una de las 19 puñaladas, ya que las otras 18 sólo fueron “superficiales” y que sólo agonizó unos “pocos segundos”.

 

FISCALES VS JUECES

Por otro lado, el tribunal señaló que existió “pobreza en el Ministerio Fiscal”, haciendo énfasis en que la Fiscalía cometió “incongruencias”, y que el “el fiscal debe respetar al tribunal”, haciendo alusión a una acusación de un fiscal que había acusado a Alegre Paz de haber estado ausente en el juicio. Para el magistrado, “hubo fiscales que tuvieron mucha imaginación o actuaron como clarividentes”.

De inmediato, el titular del Ministerio Público Fiscal, Dr. Luis De la Rúa, reaccionó y salió al cruce de las acusaciones del tribunal. “Creo que el fallo es subjetivo en algunas partes, sin perjuicio de que los jueces pueden considerar que no estaban acreditados los agravantes que planteó la Fiscalía de ensañamiento y alevosía”, señaló. 

En aquella oportunidad, De la Rúa consideró que “el fallo peca por algunas arbitrariedades; por ejemplo, descartar testimonios de médicos, psicólogos”.

A la vez, teniendo en cuenta que era el comienzo de una nueva etapa procesal en el sistema provincial, el fiscal señaló que “tenemos que cambiar la cultura de nuestros operadores jurídicos y de la sociedad”. Esto es así porque “los jueces están acostumbrados a creerse los dueños de la escena”, destacó el fiscal.

Asimismo, hizo hincapié en que “en el fallo se descartan testimonios o los consideran falaces, pero no mandan a instruir sumarios por falsos testimonios. Incurren en varias contradicciones. Consideramos que hay pruebas suficientes, pero advierto a algunas cuestiones subjetivas”.

En el mismo sentido señaló que “su criterio es errado porque, para mí, los jueces tienen que limitarse a ver los hechos sucedidos y las pruebas presentadas, para dictar sentencia en forma absolutamente imparcial. No tienen que criticar actitudes de la fiscalía ni de la defensa”. Además, fue contundente al señalar que “no existe la figura jurídica de crimen pasional”.

 

IDAS Y VUELTAS

Tal como era de esperarse, el Ministerio Público Fiscal apeló el fallo. Así fue que, en agosto de 2014, el Tribunal de Alzada, presidida por la Dra. Sandra Generoso, junto con los Dres. Abelardo Basbús y Horacio Lugones, revertió el fallo y lo condenó a prisión perpetua, al cambiar la calificativa del delito y agravarlo por “ensañamiento”.

Sin embargo, ante un recurso de la defensa de Ramos, en enero de 2018, el Superior Tribunal de Justicia, con un voto en disidencia del Dr. Eduardo Llugdar, dejó sin efecto el agravante y confirmó la sentencia del tribunal oral de 21 años de prisión.

Ante esto, el Fiscal General interpuso un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación a fin de revertir el fallo que a criterio de del Ministerio Público Fiscal ha sido injusto y no ha sido dictado de acuerdo a derecho. Así lo afirmó ante los padres de Eliana, a quienes les comunicó la decisión de acudir al máximo tribunal argentino.

En el recurso extraordinario el fiscal De la Rúa admitió que su planteo es de naturaleza excepcional, pues no le corresponde a la Corte sustituir a los jueces de la causa en temas de prueba y de derecho común que son propios de éstos, salvo que hubieran incurrido en desaciertos u omisiones de gravedad extrema. Además, señaló que la doctrina de la arbitrariedad no pretende convertir a la Corte en un tribunal de tercera o cuarta instancia, ni tiene por objeto corregir fallos equivocados, sino que sólo pretende suplir defectos realmente graves de fundamentación o razonamiento que impidan considerar a la sentencia como el acto jurisdiccional al que toda parte en un proceso tiene un derecho constitucionalmente garantizado.

Luego de haber analizado todos los argumentos, el 28 de octubre de 2020, el procurador general de la Nación, Dr. Eduardo Casal, opinó que se debía declarar procedente el recurso extraordinario, dejar sin efecto la sentencia apelada y ordenar el dictado de una nueva conforme a derecho.

LA CORTE SUPREMA

Así es que el recurso planteado por el Ministerio Público Fiscal llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, conformada por los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, y el pasado 20 de agosto anuló el fallo de los tribunales locales, incluido el del Superior Tribunal de Justicia, salvo el del Tribunal de Alzada.

En tal sentido, la Corte compartió e hizo suyos los fundamentos y conclusiones expresadas por la Procuración General de la Nación que, a su turno, coincidió con las argumentaciones brindadas por el fiscal General de la Provincia, Dr. Luis de la Rúa, respecto de que la conclusión arribada por el máximo tribunal provincial había sido basada en una valoración fragmentaria de la prueba y omitido en su juzgamiento el evaluar el delito en el contexto de violencia de género, además de desechar los agravantes de alevosía y ensañamiento, aun cuando fuera Eliana Ávila fuera asesinada de 19 puñaladas, “entre ellas la cara y la mama izquierda, y asestándole una puñalada que atravesó su cuello, quitando el cuchillo y volviéndolo a introducir en la misma zona, lo que produjo su muerte”.

De esta manera, el máximo tribunal nacional ordenó dejar sin efecto la sentencia apelada y dictar un pronunciamiento acorde a derecho.

En el fallo se destaca que “aunque el hecho es anterior a la incorporación legislativa de la figura de femicidio, el delito aquí juzgado debe ser evaluado dentro del contexto de violencia de género, conforme los pactos internacionales vigentes desde la reforma de nuestra Constitución Nacional en 1994”.

 

ACORDE AL TRIBUNAL DE ALZADA

A la vez, el fallo de la Corte Suprema reconoce el accionar del Tribunal de Alzada en lo Penal, sobre todo el voto de la Dra. Generoso, pues “la magistrada emprendió el examen de cada uno de los testimonios brindados y demás elementos probatorios de relevancia de autos”. En tal sentido, “evaluó que, en el caso, no hubo testigos presenciales ni registros audiovisuales del momento y modo del accionar causante del resultado y, seguidamente, desarrolló un detallado análisis sobre la prueba indiciaria, así como también plasmó su postura negativa con relación a los planteos vinculados a la emoción violenta y la alevosía, que respectivamente alegaron la defensa y la acusación”.

En esta línea, “al abordar específicamente el análisis de la agravante en cuestión, describió las características de las heridas provocadas en vida de la víctima y la de carácter fatal y, a su vez, contrastó la reconstrucción de lo sucedido con la versión que dio el imputado; con fundamento en todo ello, arribó a la conclusión de que no era válida la solución de la Cámara de Juicio Oral”.

Además, los miembros de la Corte destacaron las afirmaciones del Tribunal de Alzada, en cuanto a las consideraciones que tuvo con respecto a las heridas que provocaron la muerte de Eliana. Tal es así que “tuvo en consideración que, si bien algunas heridas revisten características de defensivas, otras no, pues fueron de carácter leve o intensidad moderada, ya durante el momento en que la víctima se encontraba inmovilizada, lo que resulta indicio bastante del propósito de hacer sufrir con una crueldad innecesaria, antes de asestar la herida que produjera la muerte”.

 

LIBERTAD CONDICIONAL REVOCADA

Mientras todo este proceso judicial avanzaba, desde junio pasado, el homicida José Luis Ramos fue beneficiado con libertad condicional. Si bien recién en marzo de 2026 cumplirá las 2/3 partes de su condena, accedió al beneficio legal gracias a los estímulos educativos que tuvo mientras estuvo durante sus años tras las rejas.

Es por ello que, ante la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el Dr. Rubén Seiler, juez de Ejecución Penal, revocó la libertad condicional y ordenó que Ramos sea nuevamente detenido desde su domicilio particular y llevado a Alcaidía de Tribunales, luego pasó al Penal de Varones, donde permanece actualmente.

Ahora, frente a la decisión del máximo tribunal del país, que pide a las autoridades locales que pronuncien una nueva pena, el palacio de justicia de Santiago del Estero está arbitrando el procedimiento necesario para cumplir con el requerimiento. Esto no significa que se realizará un nuevo juicio en contra de Ramos, sino que se debe constituir un nuevo tribunal para que dicte sentencia conforme a Derecho, y teniendo en cuenta los argumentos esgrimidos por la Corte Suprema. Lo cual implicaría que el asesino de Eliana Ávila sería condenado a prisión perpetua.

 

CORRECTIVO PARA LA JUSTICIA LOCAL

La decisión de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia de la Nación no solo significa la revisión de la condena de un caso determinado, sino que puede entenderse como un severo llamado de atención a la justicia local e incluso un correctivo.

Salvo el fallo del Tribunal de Alzada -conformado por Sandra Generoso, Abelardo Basbús y Horacio Lugones- el resto de los dictámenes se encuentran en la mira. Tal es así que la primera sentencia, dictada por Roberto Encalada, Rosa Margarita Piazza de Montoto y Julio Alegre Paz, es la primera objetada. Sucede lo mismo con la decisión del Superior Tribunal de Justicia, quienes la convalidaron, salvo el Dr. Eduardo Llugdar que votó en disidencia.

Mientras José Luis Ramos espera una nueva condena, Sandra Liliana Lobos y su esposo José Ávila se fueron a vivir en Catamarca, donde el veterano de Malvinas tiene familia. Allí lograron rehacer su vida y darle a Esteban, el hijo de Eliana, un hogar alejado del escenario sangriento que la tuvo como víctima. Ninguno de ellos imaginaba que la condena de Ramos podría modificarse, tampoco sabían que él había sido beneficiado con libertad condicional.

 

Desde una fotografía, Eliana sonríe y observa con su mirada de un color indefinido, que oscilaba entre un verde clarísimo y un tono miel. Doce años después de su crimen, puede descansar en paz…

 

 

 
Compartir: