13 de marzo, 2025
Actualidad

Los hechos, calificados como abuso sexual simple agravado, ocurrieron entre enero y marzo de 2021 en la delegación policial y durante un procedimiento. El Tribunal Oral Federal consideró que constituyeron actos discriminatorios en contra de la mujer, cometidos en un contexto de violencia de género y de violencia institucional.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santiago del Estero condenó, el pasado 29 de febrero, a la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial por 6 años al sargento de la Policía Federal Guillermo Rubén Medina, por haber abusado en diferentes oportunidades de una agente de la misma fuerza de seguridad durante actos de servicio, dentro de la delegación y durante un procedimiento, entre enero y marzo de 2021.

La jueza Ana Carina Farías y los jueces Federico Bothamley y Abelardo Jorge Basbús calificaron los hechos como abuso sexual simple agravado por pertenecer a fuerzas de seguridad en ocasión de sus funciones.

En tal sentido, hicieron lugar a lo requerido por la fiscal general Indiana Garzón y el auxiliar fiscal Pablo Álvarez y precisaron que constituyeron actos discriminatorios en contra de la mujer cometidos en un contexto de violencia de género y que la denunciante fue víctima de violencia institucional.

 

Reglas de conducta

De acuerdo a lo dispuesto por el tribunal en su veredicto, Medina deberá cumplir por un plazo de 3 años una serie de reglas de conducta, que incluyen fijar domicilio y comunicar cualquier modificación al respecto; la prohibición absoluta de acercamiento en un radio de 300 metros, o cualquier acto molesto o perturbador (personal, por terceras personas, telefónico, por redes sociales, etcétera) en relación a la víctima, sus familiares y allegados; someterse al control y cuidado de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal y abstenerse de cometer nuevos delitos.

El tribunal hizo lugar a la petición de la querella y ordenó que se la víctima cuente con un botón antipánico, aunque rechazó las medidas de reparación integral del daño y de no repetición solicitadas por el Ministerio Público Fiscal en su alegato.

 

El caso

Según lo acreditado en el debate, Medina abusó sexualmente de la víctima en reiteradas oportunidades entre enero y marzo de 2021, mientras ambos cumplían sus funciones.

Los abusos consistieron en tocamientos en una de sus piernas. Algunos de aquellos episodios sucedieron en el interior de la guardia interna de la Delegación de la Policía Federal en Santiago del Estero, mientras que otros ocurrieron en ocasión de un control vehicular realizado el 15 de marzo de ese mismo año.

La víctima declaró que Medina también le hizo insinuaciones y gesticulaciones con contenido sexual, que le enviaba mensajes de texto en el mismo tono y que tenía acercamientos indebidos y un trato denigratorio consistente en comentarios obscenos y humillantes.

El proceso se desarrolló a lo largo de tres audiencias, en las que declararon, además de la víctima, otros trece testigos. En su alegato de clausura, la fiscalía solicitó una pena de 4 años y 2 meses de prisión e inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena, y requirió el dictado de medidas de reparación integral del daño y de no repetición.

Garzón y Álvarez sostuvieron entonces que los abusos “se dieron en el marco de una relación desigual de poder y afectaron la vida, la dignidad y la integridad física, psicológica y económica, tanto como la seguridad personal de la víctima”.

En tal sentido, marcó en que los hechos sucedieron “en un contexto de acoso sexual recurrente y trato denigratorio para con la víctima, que implicaron violencia psicológica, sexual y simbólica en el ámbito laboral”.

Por su parte, la querella adhirió a lo peticionado por la fiscalía; la defensa, en tanto, reclamó la absolución del policía.

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