Las violaciones a la Ley 14.346 de protección contra el maltrato animal están a la orden del día, a la luz del sol y de la luna. En Santiago del Estero hay numerosos casos recordados que ascienden a la categoría de “crueldad” y que tuvieron una amplia repercusión, tanto en las redes sociales, como en los medios. Sin embargo, no hicieron mella en la justicia.

Florencia Carol es abogada y tuvo que constituirse en querellante en varias de esas causas que, según explica, “molestan” a fiscales y jueces. La prueba contundente de esto es que, pese a los atroces actos que atentan contra la vida de los animales, no hay una sola condena a los victimarios.

La profesional habla de una cuestión de ignorancia sobre la ley o un desinterés absoluto al sopesar con otras causas. “El tema es que en el Código Penal no hay una cuestión jerárquica de los delitos que establezca que uno es más importante que el otro. Todos los delitos son de igual relevancia e importancia y el que maltrata a un animal y ejerce actos de crueldad es delincuente, porque así lo establece el Código Penal”, argumentó la abogada.

Qué dice la ley

Para la Ley 14.346, constituye maltrato a los animales: No alimentarlos bien; estimularlos con instrumentos que les causan dolor, como el látigo; hacerlos trabajar muchas horas sin descanso; hacerlos trabajar cuando no están en buen estado físico; estimularlos con drogas sin fines terapéuticos; usarlos para llevar vehículos muy pesados.

Mientras que por crueldad se entiende: Hacer cortes sobre el animal vivo para abrirlo y examinar su contenido (disección), cortar cualquier parte del cuerpo del animal, salvo para marcación o higiene; operar a animales sin anestesia y sin tener título de médico o veterinario, salvo caso de urgencia; hacer experimentos con animales; abandonar a los animales utilizados en experimentos; matar a animales en estado de embarazo; lastimar y atropellar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por perversidad; hacer actos públicos o privados de peleas de animales; hacer corridas de toros en que se mata, lastima o agrede a los animales.

Si uno tiene en cuenta estos preceptos, se notará que la vulneración a la ley está más bien “naturalizada” en la sociedad. Pues, levante la mano quien no conozca alguna situación de maltrato o crueldad esporádica o repetitiva.

De lo legislado, al hecho

Más allá de la normativa, los esfuerzos de abogados y proteccionistas, quedan a expensas de que los principales actores judiciales tengan compasión con los animales. “La verdad es que hay un desconocimiento muy grande por parte, tanto de los fiscales, como de los jueces. Cuando denuncio, hay algunos que se molestan o le restan importancia; porque a criterio de ellos, tienen delitos de mayor gravedad, como ser un homicidio, un robo o demás”, explicó Carol.

Las penas, de acuerdo al Código Penal, van desde los 15 días al año; por lo que las causas no son de cumplimiento efectivo y, para peor, son de rápida prescripción. Así, los acusados de este tipo de delitos se saben completamente impunes.

Carol plantea que en Fiscalía “sienten que pierden el tiempo investigando” causas sobre maltrato animal, de manera que “no las mueven” si no se constituye en querellante. Esto, al margen de que le piden que se haga cargo de la investigación. “Nosotros tenemos que mover la causa y no, no es así. Es un delito de acción pública, y a ellos de oficio, les compete investigar la causa, instruirla”, plantea con justa razón.

En este contexto, afirma que “muchas veces las dejan prescribir o las archivan”. “Y ese es el problema. Hasta ahora, en Santiago no ha habido ninguna condena, ni siquiera se ha llegado a un juicio abreviado”, remarcó.

En la “negociación” judicial, lo máximo que alcanzaron las causas de este tipo son las “probation” (suspensión del juicio a prueba); lo que de ninguna manera conforma a la querella, pero sí a los victimarios, por supuesto.

Final feliz para salvajes

Una evidencia de esto lo constituye el caso de un vecino de la ciudad de Villa Mailín que en abril de 2020 se jactó de matar a una puma y sus dos cachorros. Las imágenes con las que alardeó en grupos de WhatsApp trascendieron a las redes sociales y el desconocido se ganó el repudio social.

Florencia Carol se hizo cargo de la causa y no consiguió más que negativas en defensa del victimario, pese a que el caso calificaba en cuatro delitos. Para quienes no lo recuerdan, la abogada describió la situación: “A los dos días de declararse la cuarentena, el tipo sale a cazar (sin ser época de caza). Se encuentra con la puma y sus dos cachorros. Mata de dos balazos a la puma y, no obstante eso, mata a palazos a los cachorros”.

En cuestión de horas, el caso tomó trascendencia a nivel nacional, pero no llegó a juicio. “La fiscal nunca movió la causa”, recordó la querellante. En principio, le comunicó que se llevaría a cabo un juicio abreviado. “Porque no solamente teníamos el delito de la violación a la ley 14.346, sino también a la Ley de Fauna, portación ilegítima de armas y violación de la cuarentena… había un concurso de delitos”, destacó.

Estuvo de acuerdo con que se realizara un juicio abreviado, pero luego hubo un cambio de planes que echaba por tierra sus esfuerzos profesionales. “Después me dice: ‘mirá, vamos a ir a una probation’. Entonces yo me molesto, porque una probation te da la posibilidad de que, al no tener antecedentes, puedas hacer un acto de ‘caridad’ nada más”.

Su única reacción fue remarcarle nuevamente el “paquete” de delitos cometidos por el “salvaje” sujeto. Hubo marcha atrás, pero no por la réplica de la abogada, sino porque la fiscal habló con el imputado, quien le comentó que su situación económica no le permitía cumplir con una probation, los que nuevamente provocó la indignación de la abogada. “Me dice que vamos a ir a un juicio abreviado. Y ¿desde cuándo, el imputado tiene la posibilidad de elegir qué tipo de condena quiere? Es una locura”, planteó.

Sucedieron entonces una serie de desatenciones. Carol dijo que reclamó una fecha del juicio abreviado, ya que no se la notificaron y la fiscal la mandó a llamar para consultar. Lo que no correspondía: “Yo soy querellante en la causa, ella tiene la obligación de cumplir con su trabajo, de investigar la causa y de cerrarla”.

En otros, con menos suerte todavía, las causas acaban archivados, ya que los fiscales “se basan en el criterio de oportunidad con el que tienen esa posibilidad de darle un cierre distinto al que establece el Código”.

“En otros casos –contó Carol– (los victimarios) terminan sujetos a medidas de coerción, como la prohibición de tener animales de por vida, de acercarse a uno; la prohibición de portación de armas, de consumir alcohol, drogas; la obligación de comparecer en Tribunales dos veces al mes ante tal organismo y se les hace una pericial psicológica…”.

Al parecer, los proteccionistas no pueden pedir más que eso. No hay final feliz para ellos ni garantías de buen trato para los animales. Lo que, a criterio de Carol es una problemática muy local, porque hay “un montón de precedentes a nivel país”. “La única provincia que está trazada en materia de derecho animal es Santiago del Estero”, indicó.

Reincidentes

Consultada acerca de victimarios reincidentes, la letrada recordó el caso de un carnicero de Forres que apuñaló a un perro. El hecho es de un salvajismo tremendo, pues no entra en la cabeza de una persona con todas sus facultades mentales en marcha, el nivel de violencia que se necesita para acuchillar a un animal solo por acercarse a un negocio.

En marzo de 2021, la mascota siguió a sus dueños hasta un supermercado ubicado al lado de una carnicería, como solía hacerlo habitualmente. Atraído por el olor de la carne, el animal entró al comercio y el dueño del local lo apuñaló de manera brutal. Por averiguaciones de la abogada, se enteraron que no era la primera vez que el sujeto atentaba contra un animal.

La cuchilla entra unos 15 centímetros, de costilla a costilla, al punto en que el mango se parte”, comentó Carol para dimensionar el nivel de violencia con el que se manejó el carnicero. Esto se podía advertir también en una imagen que rápidamente se “viralizó” en redes.

Cuando voy a hablar con la fiscal me dice que, según el relevamiento –que era a los familiares del carnicero– él lo ha querido ahuyentar al perro. Pero tiene una puntería bárbara y el cuchillo es mágico porque ha entrado de esa forma”, ironizó. Mientras ella planteó que, por la forma en que fue herido el can que agonizó durante dos semanas, hubo más de una persona involucrada.

Por su parte, para la fiscal, no fue “intencional” y el comerciante solo tuvo la mala suerte de herirlo en el intento de ahuyentarlo de su local. La causa no volvió a moverse, por lo que Carol insistió en fiscalía y le avisaron que ya había prescripto. “Yo les digo que no, que prescribe a los dos años, porque todos los delitos de escala penal alta, prescriben con el máximo de la escala. Aquí como la pena iba de 15 días al año, la fiscal me decía que prescribía al año. Y no, todos los delitos prescriben en un mínimo de dos años”,  referenció.

A su vez, explicó que el carnicero en cuestión tenía denuncias previas en comisarías. Anteriormente había quemado entero con agua hervida a un perro, a otro le había volcado aceite caliente y a otro lo pasó por encima con su vehículo. “La gente de Forres me comentaba que, evidentemente, él algún contacto tiene –con la Policía– porque lo van a denunciar y no se mueven las denuncias”, señaló, de acuerdo al testimonio de los vecinos.

Desgraciadamente, lo único que lograron hacer fue una movilización a la carnicería y expandir el repudio social para el insufrible sujeto.

Denuncias

Cursar una denuncia en las comisarías tampoco es una instancia fácil. Lo correcto es que los policías las reciban y den parte a un fiscal. Sin embargo, según Carol, pasa a menudo que los oficiales las desestiman, bajo el argumento de: “eso no es delito” o inducen a los denunciantes a hacer una exposición reservada.

No son situaciones aisladas, dice la abogada y revela que, en el caso de que la denuncia sea tomada, poco se mueven en las comisarías. En una oportunidad, los efectivos le enviaron el recado de que llame a fiscalía para poner en conocimiento un hecho denunciado; trabajo que compete a la unidad policial.

Todo esto desalienta las intenciones de denuncia, especialmente cuando a quien se señala es vecino o conocido del potencial denunciante. El temor a represalias manda a callar ante las injusticias y la violencia no tiene freno.

Un indicio para el FBI

Aunque para la legislación argentina, los malos o crueles tratos a los animales merezcan solo una pena de prisión de hasta un año –que jamás es efectiva, como ya se vio– para el servicio de seguridad e inteligencia de Estados Unidos (FBI) son un indicio para prevenir daños a los seres humanos.

Carol, sostiene que esa Oficina Federal arma su base de datos con situaciones de maltrato o crueldad contra los animales. “Y llegan a la conclusión, a través de estudios con psicólogos, psiquiatras y demás, de que todos los perversos, psicópatas, asesinos en serie y violadores, empezaron justamente maltratando, matando, torturando animales”, precisó.

De ahí que este tipo de delito sea severamente tenido en cuenta bajo la premisa de que “todo delincuente es un maltratador de animales, aunque no todo maltratador vaya a ser un delincuente”.

Por eso le asombra cuando en el Poder Judicial local “no se den cuenta que la gente que realiza este tipo de actos es tan delincuente como el que roba, el que mata o viola. Si un tipo tiene esa actitud con un animal que es un ser sintiente; si tiene la capacidad de goce ante el sufrimiento; si tiene una actitud así, qué te hace pensar que no la va a tener con una persona?”, es la pregunta que no logra responderse.

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