La veda electoral, que prohíbe a los candidatos realizar actividades de campaña de cara a las elecciones, comenzó a las 8.00 de este viernes, siguiendo lo establecido por el Código Nacional Electoral.

De acuerdo al artículo 64 bis de la citada norma, la campaña electoral «finaliza 48 horas antes del inicio del comicio».

En tanto, el apartado 71 del Código Electoral, establece que dentro de las prohibiciones que establece la veda está la de «realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde 48 horas antes de la iniciación del comicio y hasta el cierre del mismo» a las 18:00 del próximo domingo.

Los candidatos presidenciales realizaron sus respectivos actos de cierre de campaña el pasado jueves: el presidente Mauricio Macri lo hizo en Córdoba; mientras que el postulante del Frente de Todos, Alberto Fernández, hizo lo propio en Mar del Plata.

Para repasar, ¿qué es lo que está permitido y lo que no durante la veda?

  • Prohibida toda actividad de campaña y difusión de mensajes proselitistas a través de los medios de comunicación
  • Redes sociales como Facebook y Twitter e Instagram no están contempladas por la legislación vigente. Los blogs y periódicos digitales sí están regulados por las normas electorales.
  • No se pueden publicarse encuestas ni declaraciones de propaganda política de candidatos, funcionarios o comunicadores sociales.
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